“El juego online se convirtió en una de las principales modalidades de ocio. Es así que la industria de juegos ha incrementado exponencialmente en los últimos años; crecimiento que estuvo acompañado por una de las mayores problemáticas a la cual hoy nos enfrentamos: las apuestas online”, expresaron los senadores.
También mencionaron que observaron “la presencia constante de publicidades y promociones de páginas web para apuestas online, sean deportivas, casinos, loterías, entre otros”, y que la difusión masiva de estos juegos “ha tenido un enorme alcance en grupos poblacionales que antes no referenciaban en este tipo de juegos”.
A su vez, sostienen que “las redes sociales se convirtieron en una herramienta tecnológica utilizada para influenciar sobre dichas páginas a una gran diversidad de personas” y que, sin dudas, “las apuestas online son una de las principales problemáticas que hoy atraviesan las y los jóvenes”.
El proyecto está iniciando su recorrido en comisiones dentro del Senado bonaerense, según informó a TN Agustín Maspoli. Además, remarcó que están haciendo “un trabajo integral” con todos los bloques. “Entendemos que una problemática de esta naturaleza requiere del compromiso de todos. Esperamos contar pronto con la aprobación de esta iniciativa para combatir un flagelo que está afectando a nuestros chicos y preocupando cada vez más a padres y docentes”, sostuvo.
“Los menores de edad se encuentran frente a la necesidad de querer ser parte de algo en común con sus amigos, de eso que hablan todos en los recreos o en los grupos de WhatsApp. También se enfrentan a los estímulos de respuestas inmediatas que genera ansiedad y pueden terminar en una adicción, como lo es la ludopatía”, agregó.
A lo largo de la presentación se establece que, de aprobarse la Ley, una persona deberá registrarse aportando su nombre, apellido, número de DNI y domicilio real. Mientras que para la comprobación de la información deberán solicitarse datos biométricos como mecanismo de comprobación de la identidad, que deberán ser solicitados cada vez que se ingrese al sitio de apuestas online.
“El registro de datos deberá estar conectado con la base de información de los organismos que la Autoridad de Aplicación considere oportunos”, detallaron en los fundamentos.
A su vez, se prohíbe la publicidad, patrocinio y promoción de los juegos online en medios de comunicación audiovisuales, páginas web, aplicaciones y contenidos digitales de la Provincia de Buenos Aires dirigidos a menores.
También se prohíbe la promoción en la vía pública, espacios públicos y espacios de acceso público con alcance a los chicos; en eventos masivos deportivos, musicales, artísticos, culturales en los que participen niños, niñas y adolescentes; y en equipos deportivos, jugadores individuales y clubes sociales.
El proyecto propone modificaciones a la Ley 15.079 de la Provincia de Buenos Aires para restringir el acceso de menores a los juegos en línea. Entre las disposiciones clave se encuentran:
- Registro obligatorio: se requiere que las personas proporcionen información personal, incluyendo datos biométricos, para verificar su identidad al registrarse en sitios de apuestas en línea.
- Prohibición de publicidad dirigida a menores: se prohíbe la publicidad, patrocinio y promoción de los juegos en línea en medios y espacios dirigidos a niños, niñas y adolescentes.
- Campañas de concientización: se establece la creación de campañas de concientización sobre la ludopatía en instituciones educativas y otros ámbitos frecuentados por jóvenes.
- Destino de fondos para programas de prevención: se destina un porcentaje del canon pagado por los operadores de juegos en línea para financiar programas de prevención de la ludopatía en escuelas de la Provincia, que será girado a través de Loterías y Casinos.
“En este contexto resulta necesario sancionar una norma que brinde protección a los jóvenes en general, niñas, niños y adolescentes, en materia de prevención de la adicción temprana al juego, ludopatía, como también la regulación de la publicidad que les llega”, manifestó la legisladora del PRO.
Entre los puntos más destacados, el documento señala los siguientes:
- La prohibición de toda publicidad y patrocinio de juegos de azar y apuestas en línea: esta apunta a cualquier promoción en espectáculos deportivos, medios de comunicación audiovisuales en el horario de 6:00 a 22:00 y plataformas cuyo contenido esté dirigido a menores de edad.
- La sanción con una multa de entre diez a cincuenta salarios mínimos vital y móvil: a quien intermediare en el acceso a menores de 18 años a las apuestas y/o juegos de azar en línea.
- El acceso a plataformas de juego en línea, que se categoricen como casinos virtuales, deberán implementar sistemas de verificación biométrica: el objetivo es poder comprobar la identidad de manera previa a la habilitación del acceso.
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