Los monotributistas que no confirmaron su categoría en los plazos estipulados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) todavía pueden hacer el trámite y revertir la penalidad prevista.
El último vencimiento para la confirmación fue para los aportantes de las letras B y C (dos de las más bajas). Tenían plazo para hacerlo hasta el 21 de noviembre. En total confirmaron su categoría 560.300 ciudadanos.
Ahora los únicos que no confirmaron su categoría y aún están a tiempo de hacerlo dentro de los plazos previstos -tienen hasta el 20 de diciembre- son los de la letra A, la categoría más baja y que comprende a 1.147.000 contribuyentes.
Sin embargo, la AFIP apuntó que los monotributistas que no hayan confirmado su categoría aún pueden hacerlo -aunque haya vencido el plazo- y revertir la penalidad, que consiste en la no emisión de la constancia de inscripción en el Monotributo.
La confirmación de la categoría es obligatoria y se realiza en solo 3 pasos desde la página www.monotributo.afip.gob.ar o desde la aplicación “Mi Monotributo”. Luego de ingresar con Clave Fiscal, el sistema mostrará la información del contribuyente entre la que se encuentra la facturación y los gastos, entre otros conceptos.
La AFIP recordó que los monotributistas deben adherirse al Domicilio Fiscal Electrónico, donde recibirán recordatorios de vencimientos e incumplimientos, entre otro tipo de información. También este trámite se hace desde la aplicación para celulares o desde la página web.
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