Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Click aquí para activar las notificaciones y recibir las noticias directamente en su escritorio.

Interes General

El peligroso guiño que hacemos en la ruta y puede ocasionar una catástrofe

La Ley de Tránsito 24.449 en su artículo 42 inciso f dice: “Para indicar a los vehículos posteriores (los que vienen detrás para pasar) la inconveniencia de adelantarse, se pondrá la luz de giro izquierda, ante la cual los mismos se abstendrán del sobrepaso”. Clarito.

¿Por qué entonces hacemos lo contrario? Difícil saber por qué los argentinos muchas veces cuando dice “a”, hacemos “b” (como dice el juez Fortuna Lacalle en “El secreto de sus ojos” cuando lo caga a pedos a Espósito/Darín). Sobre todo cuando se trata de la conducta en el tránsito.

Ahora bien, la costumbre es ley para las partes, dice el refrán. Y si ya que todos hacemos lo contrario a lo que marca la ley de tránsito y, en sí, no es una mala costumbre, sino que el fin es positivo, ¿por qué no cambiar el inciso f del artículo 42 de la Ley 24.449? Porque ahora que leíste esto y sabés qué significa legalmente que te hagan el guiño izquierdo en la ruta cuando querés sobrepasar a otro coche: ¿qué vas a hacer?

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Últimas noticias

Fotos

Queremos invitarte a conocer Tierra del Fuego a través de sus maravillosos paisajes.

ver todas las fotos

Videogalería Ver más

Momentos TDF

Teclas de acceso