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Afip: Cómo obtener el CUIT digital para empresas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) oficializó este viernes la entrada en vigencia de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) digital para las empresas, en el marco de la pandemia de coronavirus. 

La medida, que se reglamentó a través del Resolución 4810 publicada en el Boletín Oficial, da lugar a que los representantes legales de las personas jurídicas puedan obtener la clave tributaria con sólo presentar la documentación y elementos requeridos a través de la web oficial. 

 

Paso a paso, cómo obtener el CUIT Digitial

Los interesados deberán ingresar a www.afip.gob.ar

Una vez identificado, seleccionar la opción \"Presentaciones Digitales\" ⮞ \"Inscripción o modificación de datos de Personas Jurídicas\"

IMPORTANTE: La modalidad de presentación digital será optativa para aquellos sujetos cuya jurisdicción del domicilio de la persona jurídica que se pretende inscribir se encuentre en alguna de las áreas geográficas del país en etapa de \"distanciamiento social, preventivo y obligatorio\".

 

Qué documentos se deben presentar

 

Afip indicó que la documentación deberá presentarse en la web del ente recaudador www.afip.gob.ar

Ingresar a www.afip.gob.ar

En \"archivos digitales legibles\". Además, los documentos deben estar suscriptos por el representante legal de la persona jurídica que solicita la inscripción y certificada por escribano público o, de corresponder, por el organismo de contralor competente, en ambos casos mediante la utilización de la firma digital.

Este procedimiento aplicará también para las solicitudes de modificación de datos de las personas jurídicas, que deban efectuarse en forma presencial, puntualizó el organismo.

Los condicionamientos se engloban en la necesidad de \"estar atendiendo a la imposibilidad de concurrir a ciertas dependencias de este organismo\", por lo que resulta necesario disponer la posibilidad de suministrar la documentación mediante la utilización del servicio Presentaciones Digitales.

\"A fin de evitar de forma previa la utilización abusiva o fraudulenta de la persona jurídica societaria, resulta necesario fijar los requisitos que deberán cumplirse, en pos de un correcto control de legalidad\", señala el texto oficial. 

 

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