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ARCA: desde qué monto se informan transferencias y movimientos en febrero de 2026

En febrero de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene vigentes los topes a partir de los cuales bancos, fintech y billeteras virtuales deben reportar automáticamente ciertos movimientos de dinero. El punto central: no es que “te investigan” por transferir, sino que desde esos montos la entidad queda obligada a informar.

Los montos que activan el reporte automático

Estos son los umbrales vigentes para febrero de 2026, según el tipo de operación:

  • Transferencias o acreditaciones (bancos):

    • Personas físicas: desde $50.000.000
    • Personas jurídicas: desde $30.000.000
      (Antes, el límite para personas físicas era $2.000.000).
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales:

    • Personas físicas: desde $50.000.000
    • Personas jurídicas: desde $30.000.000
  • Extracciones de efectivo:

    • Personas físicas y jurídicas: desde $10.000.000
      (Antes se informaba desde cualquier monto).
  • Saldos bancarios al último día del mes:

    • Personas físicas: desde $50.000.000
    • Personas jurídicas: desde $30.000.000
      (Previo: $1.000.000).
  • Plazos fijos:

    • Personas físicas: desde $100.000.000
    • Personas jurídicas: desde $30.000.000
      (Previo: $1.000.000).
  • Tenencias en sociedades de bolsa:

    • Personas físicas: desde $100.000.000
    • Personas jurídicas: desde $30.000.000
  • Pagos:

    • Personas físicas: desde $50.000.000
    • Personas jurídicas: desde $30.000.000
  • Compras de consumidor final:

    • Ambos casos: hasta $10.000.000 sin requerimientos adicionales.
      (Antes se informaban desde $250.000 en efectivo y $400.000 por otros medios).

Qué puede pedir ARCA si el movimiento no cierra

Cuando se detecta un movimiento relevante y el origen de los fondos no está claro, puede haber un pedido de información. Entre los respaldos más habituales figuran:

  • Facturas o comprobantes de venta/servicios
  • Recibos de honorarios
  • Boletos o contratos (por ejemplo, compraventa de auto o inmueble)
  • Comprobantes de préstamos declarados
  • Certificaciones contables (según el caso)
Además, bajo el régimen informativo, se puede requerir información como:

  • Tipo y número de cuenta / CVU
  • Identificación de intervinientes (en cuentas con más de un titular/participante)
  • Totales de ingresos y egresos del período informado
  • Saldo final mensual al último día hábil del mes
El objetivo es confirmar que el dinero tenga origen lícito y que la situación fiscal sea consistente con los movimientos. Si no se logra justificar, la operación puede quedar observada, retenida o derivar en sanciones.

Si te bloquearon una transferencia: qué conviene hacer

Si una entidad frena una operación, lo más práctico es:

  1. Presentar cuanto antes la documentación que te pida el banco/fintech.
  2. Avisar con anticipación si sabés que vas a recibir un monto alto (cuando sea posible).
  3. No fraccionar una transferencia grande en muchas pequeñas: puede generar más alertas.
Un punto clave: estos montos son el piso de “deber de informar” hacia ARCA, pero cada banco o billetera puede aplicar controles internos (“Conozca a su Cliente”) y pedir justificativos por valores menores si detecta movimientos raros para tu perfil.

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