En febrero de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene vigentes los topes a partir de los cuales bancos, fintech y billeteras virtuales deben reportar automáticamente ciertos movimientos de dinero. El punto central: no es que “te investigan” por transferir, sino que desde esos montos la entidad queda obligada a informar.
Los montos que activan el reporte automático
Estos son los umbrales vigentes para febrero de 2026, según el tipo de operación:
- Transferencias o acreditaciones (bancos):
- Personas físicas: desde $50.000.000
- Personas jurídicas: desde $30.000.000
(Antes, el límite para personas físicas era $2.000.000).
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales:
- Personas físicas: desde $50.000.000
- Personas jurídicas: desde $30.000.000
- Extracciones de efectivo:
- Personas físicas y jurídicas: desde $10.000.000
(Antes se informaba desde cualquier monto).
- Personas físicas y jurídicas: desde $10.000.000
- Saldos bancarios al último día del mes:
- Personas físicas: desde $50.000.000
- Personas jurídicas: desde $30.000.000
(Previo: $1.000.000).
- Plazos fijos:
- Personas físicas: desde $100.000.000
- Personas jurídicas: desde $30.000.000
(Previo: $1.000.000).
- Tenencias en sociedades de bolsa:
- Personas físicas: desde $100.000.000
- Personas jurídicas: desde $30.000.000
- Pagos:
- Personas físicas: desde $50.000.000
- Personas jurídicas: desde $30.000.000
- Compras de consumidor final:
- Ambos casos: hasta $10.000.000 sin requerimientos adicionales.
(Antes se informaban desde $250.000 en efectivo y $400.000 por otros medios).
- Ambos casos: hasta $10.000.000 sin requerimientos adicionales.
Qué puede pedir ARCA si el movimiento no cierra
Cuando se detecta un movimiento relevante y el origen de los fondos no está claro, puede haber un pedido de información. Entre los respaldos más habituales figuran:
- Facturas o comprobantes de venta/servicios
- Recibos de honorarios
- Boletos o contratos (por ejemplo, compraventa de auto o inmueble)
- Comprobantes de préstamos declarados
- Certificaciones contables (según el caso)
- Tipo y número de cuenta / CVU
- Identificación de intervinientes (en cuentas con más de un titular/participante)
- Totales de ingresos y egresos del período informado
- Saldo final mensual al último día hábil del mes
Si te bloquearon una transferencia: qué conviene hacer
Si una entidad frena una operación, lo más práctico es:
- Presentar cuanto antes la documentación que te pida el banco/fintech.
- Avisar con anticipación si sabés que vas a recibir un monto alto (cuando sea posible).
- No fraccionar una transferencia grande en muchas pequeñas: puede generar más alertas.
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