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Interes General

¿Cobrarán aguinaldo los monotributistas?

Millones de trabajadores cobrarán en diciembre la segunda cuota del aguinaldo por su trabajo en relación de dependencia. Otro, entre ellos los monotributistas, no tienen ese beneficio, pese a que este año circuló una propuesta en ese sentido.

A mediados de 2021, Agustín Rossi, por entonces precandidato a senador por Santa Fe, propuso que los monotributistas cobren aguinaldo. Según estimó, la medida podría implementarse para monotributistas de las primeras categorías y alcanzaría a un universo de 2,2 millones de beneficiarios.

Según explicó Rossi, la propuesta alcanzaría a monotributistas de las categorías A, B, y C (incluyendo Social y Promovido) que no aportan a otro régimen. Y el universo alcanzado es de un máximo de 2 millones de contribuyentes.

Sin embargo la propuesta finalmente no avanzó.

¿Qué es el aguinaldo?

El sueldo anual complementario, está regulado en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 en los arts. 121 y 122 (texto modificado por la Ley 27.073). En ellos se establece el modo de cálculo y las fechas de pago.

Respecto del primer punto, se establece que se calcula el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto, en los semestres que culminan en junio y diciembre.

¿Cuándo se cobra el aguinaldo?

Respecto de los plazos de pago establece dos fechas: el 30 de junio para la primera cuota y el 18 de diciembre para la segunda.

Son fechas fijas de vencimiento y no se aplican las pautas del art. 128 plazos de pago, que distinguen entre plazo de vencimiento y período de pago, habilitando para las remuneraciones mensuales y quincenales un periodo de pago de hasta 4 días hábiles posteriores a vencimiento del plazo.

No es el caso del sueldo anual complementario que tiene establecida una fecha fija y por lo tanto límite máximo para su pago.

Todo pago que no se haga efectivo con anterioridad o en las fechas establecidas incumple la legislación vigente.

Existe en todos los casos un período de "gracia" de cuatro días.

¿Cobran el aguinaldo los jubilados?

El pago del aguinaldo para los jubilados en diciembre está establecido a mediados de mes: se debe abonar el 18, el cual este año cae sábado.

Aguinaldo: ¿Los beneficiarios de AUH, AUE y SUAF lo cobran?

Los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo (AUE) no les corresponde el cobro del aguinaldo, ya que este se paga a trabajadores en relación de dependencia o a quienes hayan realizado aportes en el pasado bajo ese concepto, tal como los jubilados.

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