Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Click aquí para activar las notificaciones y recibir las noticias directamente en su escritorio.

Interes General

Elecciones 2019: quiénes podrán votar en las PASO y quiénes no

Se anunció hace algunos meses: las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se realizarán el 11 de agosto de este año. Ahora bien: ¿quiénes podrán votar en esta instancia, que antecede a las elecciones generales del 27 de octubre?

 

Antes que nada, una aclaración importante: estas normas rigen tanto para las PASO como para las elecciones generales de octubre.

 

Quiénes pueden votar en las PASO

Según explica el Código Nacional Electoral, están habilitados para votar en las PASO los argentinos nativos y por opción desde los 16 años y los argentinos naturalizados desde los 18 años, siempre y cuando figuren en el padrón electoral y exhiban documento habilitante.

 

Para consultar el padrón electoral, ingresar aquí. Sólo se requiere el número de DNI, seleccionar el género y el distrito al cual se pertenece.

 

En tanto, hay cinco documentos que habilitan para votar en las PASO. Ellos son:

Libreta de enrolamiento.

Libreta cívica.

DNI libreta verde.

Tarjeta del DNI libreta celeste.

Nuevo DNI tarjeta.

Una vez efectuado el voto, se le entregará a cada persona una constancia que contendrá los datos del votante y la firma del presidente de mesa.

Se podrá votar siempre y cuando la persona figure en el padrón electoral y exhiba documento habilitante.

 

Quiénes no pueden votar en las PASO

- Electores que no figuren inscriptos en el padrón. Por ejemplo: aquellos que hayan informado novedades realizadas posteriores al 30 de abril (como puede ser un cambio de domicilio, por lo que deberán votar en el padrón correspondiente).

 

Electores que figuren en el padrón, pero aparezcan tachados con una línea roja. En este caso hay dos razones por lo que esto puede suceder: que sea una \"Línea anulada\" o que la persona esté \"Inhabilitada\". El primer caso se debe a que la Secretaría Electoral recibió información con posterioridad a las fechas de cierre del padrón. Y en el segundo a alguna persona que tenga alguna condena penal que hizo que el Juzgado Electoral lo inhabilite. 

 

Qué pasa si una persona no vota en las PASO

En este caso el individuo ingresará a un registro de infractores y se le aplicará una multa, salvo que se justifique ante la Justicia Nacional Electoral la razón por la que no pudo votar (por ejemplo, que se esté a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde se debe votar).

 

Para aquellos que tengan entre 16 y 18 años, como así también para los mayores de 70, el voto es obligatorio. Sin embargo, el Código Electoral no prevé sanciones en caso de que no cumplan con su obligación y no necesitan justificar su inasistencia, por lo que tampoco quedarán en el registro de infractores.

 

Si una persona no vota en las PASO ¿puede votar en las elecciones generales? Sí, ya que el sufragio es obligatorio. En caso de no votar se debe justificar la inasistencia dentro de los 60 días desde la elección ante la Secretaría Electoral

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Últimas noticias

Fotos

Queremos invitarte a conocer Tierra del Fuego a través de sus maravillosos paisajes.

Invierno fueguino en 360°: Río Grande bajo la nieve

ver todas las fotos

Videogalería Ver más

Momentos TDF

Teclas de acceso