La Secretaria de Cultura de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Lucía Rossi, hablo sobre la polémica desatada luego que se diera a conocer la venta de terrenos en el predio donde funcionaba el ex Frigorico CAP. Confirmó que, desde la Comisión Nacional de Monumentos y Lugares Históricos, se emitió un permiso para dicha maniobra.
“La secretaria de cultura de la provincia se comunicó de manera directa con la Comisión Nacional de Monumentos y Lugares Históricos, quien es la dependencia que hizo la declaración nacional en el año 1999 a todo el lugar en el que antiguamente funcionaba el CAP” indicó la funcionara en Aire Libre Fm.
El predio histórico de nuestra ciudad, fue declarado mediante el artículo 4 del Decreto Nacional 64/99, lo tanto no existe autorización oficial para ventas.
“Desde la comisión explicaron que la declaración fue hecha bajo una Ley Nacional y que esta prevé la imposibilidad de venta de estos bienes protegidos. En cualquier caso, de poder llevarse a cabo la venta, el propietario necesita un permiso por así decirlo, que se presenta a la Comisión Nacional, en la que se decide si esto será posible o no. Desde esta misma comisión nos explican que no solamente no emitieron un permiso, sino que tampoco hubo un requerimiento, en ningún momento el propietario de contacto para pedir una autorización semejante” añadió Rossi.
En esa circunstancia con “la secretaria de cultura como intermediaria, se inició la investigación pertinente, porque la realidad es que en hechos concretos solo existió esta publicación de Facebook. Por eso se está haciendo la investigación pertinente para comprobar la ilegalidad de las acciones o la intencionalidad de estas”.
A partir de la actual información recabada, el predio pertenecería al empresario de varios rubros de Rio Grande, Eddie Vargas. “Por la información que tenemos al día de hoy, seria de esa persona. La adquisición de esos terrenos se hizo de manera previa a la declaración, se hizo unos meses antes. Es por eso que un monumento nacional está en manos de un empresario privado”.
Por ultimo destacó los alcances de la Ley Nacional que protege a los lugares históricos declarados en el pais. “En el Artículo 5 de la Ley 27.103, queda explicito que los bienes protegidos, en los términos de la ley, no pueden ser ni vendidos, ni enajenados por cualquier título, acto ni modificado el estatus jurídico. Al mismo tiempo el artículo 8 dice que el que infringiera esta ley mediante ocultamiento, omisión, destrucción, alteración, transferencia de exportación o cualquier otro acto en perjuicio de los bienes, se establecerá una multa, y llegado al caso el inicio de acciones legales. La Ley es muy explicita y clara respecto a lo que se puede o no se puede hacer, y a la desobediencia de estas acciones”.
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