Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Click aquí para activar las notificaciones y recibir las noticias directamente en su escritorio.

Interes General

Feria judicial del 18 de diciembre de 2017 hasta el 31 de enero de 2018

 

El Superior Tribunal de Justicia emitió la acordada 111/17 mediante la cual definió el receso para el otorgar las vacaciones a los empleados y funcionarios, incluidos la mayoría de los jueces del Poder Judicial durante casi 45 días.

 

La acordada fue firmada el mes pasado por los jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, Carlos Gonzalo Sagastume, Javier Darío Muchnik y María del Carmen Battaini, determinando que el diciembre iniciará el receso. Se fundamentó en la acordada que los antecedentes facultan al Superior Tribunal para establecer la feria de los Tribunales, conferida por el art. 28 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyo período debe determinarse anualmente y con una antelación mínima de 30 días.

 

En el punto 1 de la acordada se dispuso fijar que el 18 de diciembre de 2017 hasta el 31 de enero de 2018, ambos inclusive, se establece el período de feria de verano durante el cual se suspenderá el funcionamiento de los tribunales y el transcurso de los plazos procesales. Además se estableció el horario de feria desde las 9.00 hasta las 13.00 horas para dicho periodo.

 

En el punto 3 se requirió a los titulares de las Distintas Dependencias Judiciales remitan a la brevedad las propuestas correspondientes a la designación de las autoridades y personal que cubrirá la próxima feria, teniendo en cuenta que permanecerá en funciones en dicho período un Juez y un Secretario por fuero y el personal mínimo indispensable para atender el servicio de feria, que no podrá exceder el número de tres (3) por fuero (civil y penal seis (6) empleados por Distrito), preferentemente de juzgados distintos.

 

En lo concerniente a los Ministerios Públicos y en Unidades Funcionales dependientes de la Secretaría de Superintendencia y Administración, se observará asimismo el criterio de guardia imprescindible.

 

No se admitirá un número mayor de agentes que el indispensable para la guardia de feria, teniendo en cuenta la afectación del servicio de justicia que significa un criterio distinto.

 

Con lo que terminó el acto, firmando los señores Jueces, quienes disponen se registre, notifique, publique y se cumpla la presente, dando fe de todo ello la Sra. Secretaria de Superintendencia y Administración.

 

 

 

 

 

Fuente EDFM

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Últimas noticias

Fotos

Queremos invitarte a conocer Tierra del Fuego a través de sus maravillosos paisajes.

Invierno fueguino en 360°: Río Grande bajo la nieve

ver todas las fotos

Videogalería Ver más

Momentos TDF

Teclas de acceso