Desde el próximo domingo 1 de noviembre comenzarán a regir nuevos valores para las prestaciones médicas que los hospitales públicos facturan a obras sociales, empresas de medicina prepaga y otras entidades financiadoras. La actualización representa un incremento promedio del 13,74% respecto de los aranceles vigentes desde mayo.
La modificación quedó establecida mediante la Resolución 2106/2026 del Ministerio de Salud, que además introduce cambios en el sistema administrativo utilizado para gestionar los cobros por las atenciones brindadas a pacientes con cobertura médica.
Entre las principales novedades aparece la ampliación de los plazos de pago. Las obras sociales y prepagas dispondrán de 60 días para cancelar las facturas, cuando anteriormente contaban con 30. También se extiende el período para formular observaciones o cuestionamientos sobre las prestaciones facturadas, que pasará de 20 a 40 días.
En cuanto a los beneficios establecidos para determinadas entidades, la normativa conserva una bonificación del 30% para la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF) y las obras sociales sindicales que soliciten acceder a este mecanismo y cumplan con los plazos de pago correspondientes.
La resolución también ratifica que los valores de las prestaciones hospitalarias continuarán actualizándose semestralmente de acuerdo con la inflación. Por otra parte, modifica el sistema de referencia para calcular los precios de los medicamentos utilizados en las prestaciones, reemplazando el listado Kairos por Alfa Beta.
Para las personas extranjeras que no cuentan con residencia permanente en el país, así como para seguros de viaje y compañías de asistencia al viajero, seguirá vigente un nomenclador diferenciado expresado en dólares. En estos casos, los aranceles permanecerán sin modificaciones respecto de los establecidos en septiembre.
Aunque esos valores se encuentran fijados en moneda estadounidense, las prestaciones continuarán facturándose y cobrándose en pesos argentinos, utilizando la cotización vendedora del Banco Nación conforme al procedimiento previsto en la normativa.
De esta manera, el Ministerio de Salud actualiza los ingresos que los hospitales públicos pueden percibir por las prestaciones brindadas a pacientes con cobertura, al tiempo que modifica los plazos y mecanismos administrativos para su facturación y cobro.
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