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Interes General

Punto por punto: las medidas publicadas en el DNU

Límite a la compra de dólares minorista, autorización del Banco Central para la transferencia de divisas al exterior, y restricciones para las instituciones y empresas. Estos son algunos de los cambios publicados por el Gobierno a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 596 donde se establecieron límites al mercado de cambios \"para proteger al ahorrista y lograr mayor estabilidad cambiaria\".

Los principales puntos

Nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.

No hay ningún impedimento al comercio exterior.

No hay restricciones sobre viajes.

Los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes.

 

Las medidas buscan proteger al ahorrista y lograr mayor estabilidad cambiaria

 

Personas humanas:

Las personas físicas no podrán comprar más de US$ 10.000 por mes.

No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de US$ 10.000 por persona por mes.

 

Personas Jurídicas:

Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de cinco días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para los commodities)

No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.

Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.

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