El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte condenó este miércoles a un hombre a 30 años de prisión por abusar sexualmente de sus hijastras. Los jueces lo encontraron responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante, agravados por haber sido cometidos por quien estaba a cargo de la guarda de las víctimas y por aprovechar la convivencia preexistente.
De acuerdo con el veredicto, los hechos fueron cometidos en un número indeterminado de oportunidades contra dos víctimas: en uno de los casos, entre fines de 2011 y octubre de 2025, y en el otro, entre fines de 2011 y 2021.
La pena impuesta coincidió con la solicitada durante los alegatos por la fiscal Vanina Cantiani. Además, el Tribunal dispuso un dispositivo de orientación y contención para las víctimas. Los fundamentos de la sentencia serán leídos el próximo 27 de agosto, a las 13.
Tras conocerse la decisión, el defensor oficial Mariano Sardi cuestionó la extensión de la condena y aseguró que el resultado lo sorprendió. “Me sorprendió un poco. Me sorprendió porque estamos hablando de una persona de 60 años y una pena de 30. Bueno, prácticamente pareciera ser una pena de muerte encubierta”, sostuvo.
Sardi planteó que, por la edad del condenado y las características de la pena, al momento de finalizarla se encontraría en una situación de vulnerabilidad. “La pena en sí misma no cumple su fin. La pena tiene fines resocializadores. Por eso está el tratamiento penitenciario y todas las cuestiones plasmadas en los tratados internacionales, en las convenciones de los derechos humanos”, manifestó.
El defensor también cuestionó la precisión temporal de la acusación y consideró que esa circunstancia dificultó el ejercicio de la defensa. “En una acusación que ha sido totalmente imprecisa, porque decir desde el año 2011 hasta el 2025, sin fijar pautas claras como para poder ejercer una defensa eficaz, torna una condena desproporcionada, irracional, inhumana”, afirmó.
Respecto de las pruebas analizadas durante el juicio, Sardi señaló que tuvieron un peso central las declaraciones de las víctimas. “La carga de la prueba principalmente ha sido la prestada por la declaración de las víctimas. No digo que hay que descartarla, pero sí cuando uno pone una pena tan grande, también tiene que ser más estudiada la prueba”, expresó.
Consultado sobre el embarazo de una de las víctimas y la existencia de una prueba genética, el defensor sostuvo: “Hay un ADN que, tal como dije en los alegatos, prueba que hubo una relación. Lo que no prueba un ADN es si hubo consentimiento o no”. Luego agregó que, desde la postura sostenida por la defensa durante el proceso, “podríamos estar hablando de un estupro, pero no de un abuso”.
Finalmente, ante la consulta sobre la extensión temporal de los abusos atribuida durante el proceso, Sardi volvió a cuestionar el planteo de la acusación y señaló: “Eso lo dicen los alegatos, pero sería en una 6.200 y pico días, en la otra 3.600 y pico, y si decían reiteradas oportunidades, estaríamos que tuvieron relaciones por más de 20.000 veces en 10 años”.
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