El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte condenó a un hombre a la pena de tres años de prisión de cumplimiento en suspenso, al considerarlo responsable del delito de abuso sexual simple agravado en grado de tentativa, en un hecho ocurrido en la ciudad de Río Grande.
Allí se resolvió condenar al imputado, al pago de costas y al cumplimiento de reglas de conducta durante el plazo de la condena.
Según se informó tras la audiencia, la pena impuesta no será de cumplimiento efectivo, por lo que el condenado recuperó la libertad una vez finalizada la instancia judicial. Entre las condiciones fijadas, deberá realizar 10 horas semanales de trabajo comunitario de manera voluntaria durante el período establecido, con controles e informes periódicos sobre su cumplimiento.
El caso había llegado a juicio con una acusación más grave, vinculada a hechos de abuso sexual con acceso carnal atribuidos a un padre en perjuicio de su hija. Sin embargo, durante el proceso se produjo un cambio sustancial en la calificación, ya que algunos de los hechos fueron considerados prescriptos.
De esta manera, el tribunal terminó condenando únicamente por abuso sexual simple agravado en grado de tentativa. Según se explicó, esta figura puede abarcar situaciones vinculadas a tocamientos u otras conductas que no configuran acceso carnal.
La decisión generó atención dentro del ámbito judicial, ya que podría tener implicancias en otras causas similares que aún no se encuentren firmes. De acuerdo a lo señalado tras la audiencia, el análisis se vincula con criterios de prescripción aplicables a determinados delitos de índole sexual, a partir de modificaciones del Código Penal y antecedentes judiciales que llegaron incluso al Superior Tribunal de Justicia.
Uno de los puntos que ahora deberá analizarse con mayor precisión es desde qué momento comienza a correr el plazo de prescripción en casos donde las víctimas son menores de edad: si desde la fecha del hecho o desde que la víctima alcanza la mayoría de edad y se encuentra en condiciones de realizar la denuncia.
En ese marco, tanto la Fiscalía como las defensas podrían revisar causas en trámite o condenas que todavía no estén firmes, especialmente aquellas vinculadas a hechos ocurridos muchos años atrás. La situación podría abrir nuevos planteos judiciales y pedidos de revisión en expedientes similares.
Los fundamentos completos del fallo se conocerán después de la feria judicial. Recién a partir de esa instancia se podrá determinar con mayor claridad cuáles fueron los argumentos del tribunal para declarar prescriptos parte de los hechos y aplicar finalmente una pena en suspenso.
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