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Judiciales

Defensores públicos pedirán desprocesar a mujeres criminalizadas por abortos 

Con el título "Interrupción Voluntaria del Embarazo - Implicancias penales aspectos jurídico-penales de interés para casos anteriores", la Defensoría General de Salta envió un instructivo a defensores y defensoras públicas de la provincia para que presenten acciones de revisión en favor de mujeres criminalizadas por abortos que estén siendo asistidas legalmente por miembros de la defensa pública. Es que por aplicación de la Ley 27.610, de Interrupción Voluntaria del Embarazo, corresponde que queden libres de estos procesos.

Según un informe del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y el Centro Universitario San Martín, a finales de 2020 en la provincia había 156 mujeres con procesos penales en su contra por abortos, según datos aportados por el Ministerio Público de Salta. Sin embargo, no todas tienen defensas públicas, aunque se descuenta que sus defensas particulares también solicitarán que se les aplique la Ley 27.610, que rige en todo el país desde el domingo último.

La Defensoría General de Salta, a cargo de Pedro García Castiella, detalló en su comunicación que esta ley modifica los artículos 85 a 88 del Código Penal e incorpora el artículo 85 bis. "Al reconocer dicha Ley que la persona gestante tiene derecho a decidir la interrupción de su embarazo (art. 2º), se excluyó la punibilidad de conductas antes consideradas delictivas, quedando sancionadas sólo aquellas que se llevan a cabo en contra de la voluntad de la persona gestante, o los abortos practicados luego de la semana 14 de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el nuevo artículo 86 (causas de justificación)", recuerda la Defensoría.

El instructivo incluye el texto de los artículos, el original y los modificados, y a continuación señala que debido a estas modificaciones, "es posible que actualmente se encuentre en curso algún proceso o se encuentre cumpliendo pena alguna persona asistida por la Defensa Pública por un hecho que actualmente no constituye delito". Por lo que requiere se requiere "a cada Defensora y Defensor que lleven a cabo un relevamiento de los casos que puedan tener" en los que se imputen los delitos previstos por la normativa anterior a la Ley 27.610: aborto practicado con consentimiento de la gestante, antes de la semana 14 de gestación; aborto con consentimiento de la gestante, practicado por médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos, en las circunstancias actualmente legítimas; aborto provocado por la propia persona gestante o consentido por ella, antes de la semana 14 de gestación.

La Defensoría General recordó que en todos esos casos "resulta de aplicación el art. 2º del Código Penal, en cuanto consagra el principio de aplicación operativa de la ley penal más benigna", que se aplica "tanto para los procesos en curso como para aquellos donde se encuentren con sentencia firme y en cumplimiento de pena".

Asimismo, la Defensoría recordó que para estos casos de personas que estén cumpliendo una pena por estos hechos, el Código Procesal Penal de Salta "prevé como herramienta jurídica, la acción de revisión, regulada a partir del art. 559, a través del cual se podrá solicitar la aplicación de la nueva ley, a los efectos de que se disponga la inmediata libertad de quien se encuentre cumpliendo pena por un hecho que actualmente no constituye delito".

El informe del CELS, que incluye datos de 17 provincias, detalla que en total había 1532 mujeres encausadas por abortos u otros eventos obstétricos. Con las 156 encausadas, Salta se ubica entre las provincias con mayor cantidad de mujeres criminalizadas, detrás de Buenos Aires, Tucumán y CABA.

El informe deja una frase reveladora sobre quiénes sufrieron más la penalización de la interrupción del embarazo: "La mayoría de las mujeres criminalizadas pertenece a sectores sociales vulnerables: no tiene trabajo remunerado, tiene un bajo nivel de instrucción formal y vive en condiciones habitacionales precarias. Son menores de 30 años y muchas tienen une o más hijes".

El compromiso del ministro

La aplicación de la Ley 27.610 en la provincia encuentra algunas "dificultades" porque "hay bastantes médicos objetores", sin embargo, es tranquilizador que el ministro de Salud, Juan José Esteban, esté comprometido con el cumplimiento de esta ley, aseguró ayer Ana Pérez Declercq, una de las directoras del Observatorio de Violencia contra las Mujeres de Salta (OVcM), en declaraciones a Radio Nacional Salta.

La directora se reunió el pasado 20 de enero con el ministro. El Observatorio ofreció asesoramiento técnico para la creación de un protocolo destinado al personal de Salud, que guíe el acceso a la ley de interrupción voluntaria del embarazo y la atención postaborto. Declerq dijo que las puso “contentas" escuchar al ministro decir que "está haciendo todo para garantizarla" a la ley 27.610. "Eso da una tranquilidad, de saber que hay un ministro que está comprometido y que está trabajando en eso”, afirmó.

Declercq explicó que el ofrecimiento para elaborar una "guía de procedimiento, el protocolo para la aplicación de la ley", se hizo no porque sea un requisito para cumplir la ley, sino en el entendimiento de que los "protocolos siempre permiten dar un poco más de información, acercar el conocimiento científico a los profesionales y también es una muestra de posicionamiento desde el estado provincial, decir está esta ley y nosotros vamos a garantizar el derecho a las personas gestantes de toda la provincia de Salta dando nuestro apoyo con este material". Y consideró en este sentido que "sería bueno que (la Provincia) se posicione para justamente garantizar ese derecho a las personas que viven en la provincia de Salta”.

La funcionaria recordó por otra parte que "todos los hospitales y centros de salud tienen que recibir la consulta" de una persona que quiera interrumpir un embarazo y la ley estipula que "desde la primera consulta se cuentan diez días corridos para realizar la práctica”.

Por otra parte, Declercq destacó que en la provincia sí hay profesionales de la salud que realizan las prácticas abortivas. Para demostrarlo, recordó que en 2019 se realizaron 443 interrupciones legales de embarazo en la provincia. Y de ese total, 102 se hicieron en centros de salud.

Consultada sobre la posibilidad de que agentes de salud objetores de conciencia puedan obstaculizar la aplicación de la ley, la directora recordó que el artículo 5 de la ley 27610 "estipula varias cuestiones que tienen que ver con el trato digno, con la confidencialidad, con la privacidad, con la autonomía, el acceso a la información y la calidad, o sea el conocimiento científico actualizado, nadie puede ir con algo del pasado o algo de sus principios religiosos, tiene que ser conocimiento científico". Y destacó que hay canales para denunciar la vulneración de estos derechos, lo que se puede hacer en comisarías, en las oficinas de violencia de género y en el 0800 222 3444 4, donde incluso se pueden hacer consultas.

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