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Judiciales

La defensa pidió la absolución en el juicio por presunta privación ilegítima de la libertad en Tolhuin

El abogado Maximiliano Palladino sostuvo que no se acreditó la materialidad del hecho ni las lesiones graves denunciadas y cuestionó la consistencia del relato de la víctima.

En el marco del juicio oral y público seguido contra un hombre acusado de haber agredido y privado de su libertad a su pareja en Tolhuin, la defensa solicitó la absolución al considerar que la acusación no fue probada más allá de toda duda razonable.

El defensor Maximiliano Palladino centró su alegato en la falta de acreditación de los hechos atribuidos por el Ministerio Público Fiscal, que calificó la conducta como secuestro coactivo en los términos del artículo 142 bis del Código Penal y solicitó una pena de 15 años de prisión.

Según el requerimiento de elevación a juicio, el imputado habría privado ilegítimamente de la libertad a su pareja el 5 de abril de 2025 en el domicilio que compartían, mediante violencia y amenazas, provocándole lesiones de carácter grave, entre ellas la pérdida de una pieza dentaria.

Al iniciar su exposición, Palladino reconoció la aplicación de la normativa nacional e internacional en materia de violencia de género, pero afirmó que “en el caso de autos mi asistido no ha incurrido en la conducta que se le achaca”.

El defensor sostuvo que los hechos “no se han acreditado” y que la propia prueba producida en el debate evidenció contradicciones relevantes. En ese sentido, destacó que durante el juicio la denunciante se retractó de su declaración inicial. Según indicó, manifestó que “mintió tanto de las circunstancias relativas a la privación de la libertad como así también de las lesiones sufridas”, y aclaró que la supuesta pérdida de la pieza dentaria “nunca existió”.

Pese a ello, el abogado afirmó que incluso prescindiendo de la retractación, la prueba reunida no permite confirmar la acusación. “Resulta imposible confirmar, más allá de toda duda razonable, los hechos por los cuales el Ministerio Público Fiscal hiciera su acusación”, expresó.

Asimismo, recordó que el propio tribunal ha sostenido que para condenar debe existir una hipótesis con mayor confirmación que cualquier otra alternativa, y que la conjetura perjudicial para el imputado debe estar probada con probabilidad preponderante.

En esa línea, cuestionó que se haya dado por acreditada la materialidad del hecho y remarcó que, en casos de esta naturaleza, además del testimonio, deben probarse de manera concreta tanto el daño físico que configure lesiones graves como la existencia efectiva de una privación ilegítima de la libertad.

Finalmente, al citar precedentes judiciales, explicó que el análisis del testimonio único de la víctima debe superar un “triple test” que evalúe persistencia en la incriminación, verosimilitud y ausencia de indicios de mendacidad, parámetros que —según sostuvo— no se cumplen en este caso.

Con estos argumentos, la defensa solicitó que el tribunal dicte la absolución del imputado.

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