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Judiciales

La defensa pidió pena mínima y que el caso sea considerado robo simple

La defensora oficial Dra. Rita Marchi solicitó este jueves al Tribunal de Juicio que el caso contra Simón Esteban Molina sea recalificado como robo simple y no como robo agravado por el uso de arma, al sostener que durante el debate no logró acreditarse de manera concluyente la existencia de un cuchillo en el hecho ocurrido en diciembre del año pasado contra un remisero en Río Grande.

Durante su alegato, Marchi dejó en claro que la defensa no cuestionó ni la materialidad ni la autoría del hecho, remarcando que fue el propio Molina quien reconoció haber cometido el robo y pidió disculpas durante el juicio. Sin embargo, sostuvo que no existen pruebas objetivas suficientes para sostener el agravante por el uso de arma, ya que la existencia del cuchillo surge únicamente de los dichos de la víctima, mientras que el acusado negó haber utilizado un elemento cortante.

La defensora cuestionó además la valoración de las lesiones sufridas por el remisero, señalando que no se realizó una pericia forense que permitiera establecer de manera precisa cómo fueron producidas ni la antigüedad de las heridas certificadas médicamente. En ese sentido, argumentó que la víctima nunca manifestó haber sido lesionada con un cuchillo durante el hecho, sino que recién advirtió lesiones luego de descender del vehículo. También remarcó que durante el allanamiento realizado en la vivienda de Molina no se encontró el supuesto cuchillo artesanal mencionado por la Fiscalía y que la descripción del arma habría variado en distintas instancias del expediente.

Otro de los ejes del planteo defensivo estuvo vinculado al estado de salud mental y consumo problemático del acusado. Marchi afirmó que la conducta de Molina al momento de la detención evidenciaba un estado de intoxicación compatible con el consumo de sustancias, señalando que incluso personal policial advirtió comportamientos erráticos y signos de alteración. Según expuso, no se realizó un examen toxicológico que permitiera determinar en qué condiciones se encontraba el imputado al momento del hecho, situación que —según sostuvo— impide descartar por completo una afectación en su capacidad de comprensión.

La defensora también cuestionó el pedido de siete años de prisión formulado por el fiscal Jorge López Oribe. Consideró que los agravantes invocados no fueron debidamente fundamentados y sostuvo que no se acreditó que Molina hubiera ocasionado las lesiones, que la nocturnidad del hecho por sí sola no constituye un agravante y que no puede responsabilizarse al acusado por la falta de recuperación de algunos elementos sustraídos. Además, remarcó que el antecedente penal computable data de hace más de diez años y cuestionó que se pretendiera valorar una sanción interna en la unidad de detención para agravar el monto de pena.

De manera subsidiaria, en caso de que el Tribunal mantenga la figura de robo agravado por el uso de arma, Marchi pidió declarar la inconstitucionalidad del mínimo legal previsto para ese delito, argumentando la situación de vulnerabilidad, el consumo problemático y el estado de salud mental del imputado. Finalmente, solicitó que, si el Tribunal descarta esa postura, se imponga la pena mínima de cinco años de prisión, al considerar que no existen agravantes acreditados para apartarse de ese monto.

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