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Advierten asesorarse antes de comprar un terreno

Así lo informaron desde el área de Tierras Fiscales, Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano, ante lo expresado en el Artículo 18 de la Ordenanza 509/19. Allí reza que “al adjudicatario de un predio fiscal no podrá bajo ninguna circunstancia realizar cesiones, vender o transferir, total o parcialmente a titulo oneroso o gratuito los derechos de la adjudicación en venta del predio, sin la correspondiente autorización del Intendente Municipal, siendo este motivo causa suficiente  para que opere la CADUCIDAD automática de la adjudicación del predio, con pérdidas de la suma abonada y de mejoras introducidas en el mismo, las que quedarán a favor del municipio”.

Por otra parte, en el Artículo 19 dice que “la persona física o jurídica que bajo cualquier titulo, instrumento y o autorización y en contraposición de dicha ordenanza recibiere de otra un lote que este tiene adjudicado en venta será tenido por INTRUSO ante el municipio, siendo pasible de acciones civiles y penales pertinentes”.

De esta manera ANTES de realizar cualquier compra solicitan acercarse a verificar el mismo en la dirección de tierras fiscales del municipio de lunes a viernes de 8 a 15 horas en calle Santiago Rupatini 285.

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