La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que, de manera extraordinaria, un grupo de monotributistas quedará eximido de abonar la cuota correspondiente a noviembre de 2025, siempre que cumpla con una serie de condiciones vinculadas a la locación de inmuebles.
La medida fue formalizada mediante la resolución 5546/2024 y se enmarca en un conjunto de disposiciones especiales pensadas para el cierre del año, con el objetivo de aliviar la carga fiscal de pequeños contribuyentes que dependen principalmente del ingreso por alquileres.
Según precisó el organismo, el beneficio alcanzará a quienes se encuentren inscriptos en el Régimen Simplificado y tengan declaradas una o hasta dos propiedades destinadas a alquiler. No se trata de un perdón generalizado, sino de un alivio puntual dirigido a un segmento muy acotado del padrón.
Para acceder a la exención, no bastará con figurar como monotributista locador: los contribuyentes deberán no registrar otras actividades económicas dentro del monotributo y tener todos los contratos de locación inscriptos en el Registro de Locaciones de Inmuebles. ARCA remarcó que estos requisitos buscan garantizar que el beneficio llegue a quienes efectivamente dependen de ese ingreso y cumplen con las formalidades exigidas.
El organismo recaudador subrayó que el foco está puesto en los pequeños propietarios que, en muchos casos, utilizan el alquiler de una o dos unidades como principal sostén de sus finanzas personales o familiares.
En paralelo, ARCA informó otro cambio relevante para los contribuyentes: mediante el Decreto 5787/2025, se decidió adelantar varios vencimientos fiscales de noviembre y diciembre, que originalmente estaban fijados para fin de mes. Esta modificación obliga a reordenar la planificación tributaria, ya que los pagos y las presentaciones de declaraciones juradas deberán cumplirse dentro de un calendario más ajustado.
Desde el organismo aclararon que la exención de la cuota de noviembre no implica una condonación permanente, sino un alivio temporal y focalizado que se suma a otros ajustes administrativos de fin de año. Una vez finalizado el período alcanzado por la resolución, los monotributistas deberán retomar el esquema habitual de pagos, respetando las nuevas fechas definidas en el calendario fiscal.
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