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Coronavirus: Cuáles son las nuevas restricciones que rigen en la Argentina

El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial que a partir de las 00 del viernes 25 de diciembre comenzarán a regir las nuevas restricciones, que se llevarán a cabo para quienes quieran ingresar al país.

Las autoridades optaron por "cerrar las fronteras" con algunos países de Europa tras conocerse que en Reino Unido, Italia, Dinamarca y Holanda ya existen pacientes contagiados con la nueva cepa de coronavirus descubierta semanas atrás. Sin embargo, las alarmas se encendieron con más fuerzas luego de que las autoridades informaran sobre la existencia de varios pacientes similares en Bolivia, Brasil y Uruguay.

Cuando las autoridades del Reino Unido confirmaron que habían reportado casos de un nuevo linaje de coronavirus, el cual había comenzado a afectar al país junto con Irlanda del Norte, el Gobierno de Alberto Fernández decidió "suspender de manera preventiva, hasta que se profundice el conocimiento” de la nueva cepa, el ingreso a las personas que viajaran de esos dos países europeos hacia el nuestro.

Mediante la Decisión Administrativa 2252/2020 que se publicó en el Boletín Oficial, se estableció que “desde las cero horas del día 25 de diciembre y hasta las cero horas del día 9 de enero de 2021″, el Ministerio de Transporte, a través de la Administración Nacional de Aviación Civil, suspende los vuelos directos desde y hacia Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia, Dinamarca, Italia y Holanda, “respecto al ingreso de personas”.

El Gobierno aseguró que "queda en suspenso" el ingreso de turistas extranjeros que vengan a la Argentina, desde países limítrofes, ya sea por vuelos que lleguen a Ezeiza y San Fernando, como por la portuaria de Buquebus, donde sólo se autorizará el ingreso de argentinos y residentes.

Sin embargo, los residentes argentinos que ingresen, sólo podrán hacerlo si presentan un PCR negativo, que se debe realizar 72 horas antes y luego deberán cumplir una cuarentena obligatoria durante una semana.

Las excepciones

Están exentos de presentar el análisis, aquellas personas que hayan sufrido Covid-19 en los últimos tres meses y que lo tengan “confirmado por laboratorio”. Pero “quienes no puedan realizar PCR en origen, deberán acreditar ausencia de síntomas con certificación médica y realizar el test en destino con la mayor inmediatez posible a su arribo al país” y en ese caso, las personas deberán cumplir 10 días de cuarentena, según aclara el texto oficial.

Entre otras restricciones señaladas en el Boletín Oficial sólo están autorizados a ingresar al país transportistas o tripulantes de cualquier nacionalidad, siempre y cuando sean extranjeros autorizados por Migraciones que vengan a desarrollar una actividad laboral o comercial, cumplir con una misión diplomática, participar de eventos deportivos, “o para su reunificación familiar con argentinos residentes”.

Por otra parte, toda persona que busque ingresar al país debe presentar una declaración jurada para “Identificar si en los últimos 14 días se visitó alguno de los siguientes países: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia, Dinamarca, Italia y Holanda”.

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