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Dólar turista. Punto por punto, lo que hay que saber sobre el impuesto del 30%, que ya comenzó a regir

Con la publicación de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Boletín Oficial comenzó a regir el impuesto del 30% sobre la compra de bienes y servicios en dólares, conocido también como \"dólar turista\".

 

Si bien los grandes lineamientos están contemplados en el texto publicado esta tarde, todavía queda por conocer la reglamentación de cada uno de sus puntos, lo que será clave para aportar certeza a algunas zonas grises que aún quedan. Según anticipó el Gobierno, la reglamentación estará lista \"antes de fin de año\". Mientras tanto, estos son los puntos clave de la norma publicada hoy.

 

¿Desde cuándo y hasta cuándo estará vigente el tributo?

El Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) quedó establecido en el artículo 35 de la ley con \"carácter de emergencia\" y por el término de \"cinco períodos fiscales\". Tal como se detalla en la norma, comienza a tributarse en todo el territorio \"a partir del día de entrada en vigencia de la presente ley\", es decir, hoy.

 

¿A qué operaciones aplica?

Según la norma publicada, el impuesto se aplica a cinco tipos de operaciones.

 

Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico efectuada por residentes en el país.

 

Pago de bienes o servicios en el exterior mediante tarjetas de crédito, de compra y débito o cualquier otro medio de pago que determine la reglamentación, incluidas aquellas hechas mediante plataformas como por ejemplo Netflix, Spotify o Amazon. También las extracciones de dinero en el exterior.

 

Pago de servicios prestados por sujetos no residentes en la Argentina.

 

Adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.

 

Compra de pasajes terrestres, aéreos o por vía acuática al exterior del país, en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado de cambio para adquirir divisas.

 

¿Qué pasa con las compras hechas hoy, antes de la promulgación de la ley?

Esta mañana, antes de que se publique la ley en el Boletín Oficial, algunas agencias de viajes en línea ya estaban cobrando productos con la inclusión del tributo. Voceros de Despegar, por ejemplo, indicaron a LA NACION que la decisión de cobrar el 30% \"por adelantado\" se debía a que la plataforma trabaja las 24 horas y a que, según una interpretación del artículo 87 de la ley, la norma tendría vigencia desde las 00:00 del día en el que se publique. Así, la empresa se \"cubría\" de una carga que -se anticipaba- comenzaría a regir en algún momento del día.

Por otro lado, muchas aerolíneas vendieron pasajes sin el recargo durante las primeras horas del día y es una posibilidad que se vuelvan a contactar con esos clientes para completar el pago del tributo.

 

El especialista en materia tributaria Miguel La Vista, del estudio La Vista Casal, explicó que generalmente las leyes entran en vigencia el día que establezcan ellas mismas o, en su defecto, a los 10 días de publicación en el Boletín Oficial. \"En este caso particular, si la vigencia es el mismo día de su publicación se genera un problema de orden práctico, porque hay operaciones comerciales que se hicieron desde las 00:00 del día de la publicación que quedarán afectadas por la ley\", dijo y aclaró que, a su juicio, lo que hicieron las agencias de viaje en línea fue \"prudente\".

 

¿Los pasajes pagados en pesos quedan exentos?

Sí. Aunque en un principio no había ninguna diferenciación, el diputado mendocino José Luis Ramón introdujo una modificación durante el debate parlamentario. \"Es una realidad de los lugares fronterizos, donde muchas personas de bajos recursos deben efectuar un transporte internacional pero que lo pagan en moneda nacional\", dijo durante su intervención para dejar fuera del alcance del tributo a los viajes a países limítrofes.

 

Sin embargo, en la ley no se hace ninguna mención a destinos en particular, sino que en el inciso \"e\" del artículo 35 se establece que el 30% aplica a los pasajes \"con destino fuera del país en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) al efecto de la adquisición de las divisas correspondientes en los términos que fije la reglamentación\". En este punto será entonces clave conocer los detalles de la reglamentación porque podría interpretarse que cualquier pasaje al exterior está excluido siempre y cuando se cancele en pesos

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