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Nacionales

La AFIP reglamentó el cargo del 30%, con vigencia desde el 28 de diciembre

La administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el alcance del impuesto PAIS que grava con un 30% los consumos en dólares y las compras de divisas y estableció que quienes no hayan pagado desde el 28 de diciembre, cuando entró en vigencia la ley, deberán abonar esa diferencia a través de un Volante Electrónico de Pago (VEP).

 

De acuerdo con la resolución de la AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial, en caso de que se realicen compras con tarjetas, primero se aplicará la cancelación del impuesto: \"En todos los casos, incluyendo los acuerdos privados de cancelación que se establezcan entre los agentes de percepción y los sujetos alcanzados por el impuesto, los pagos que se efectúen deberán ser afectados en primer término a la percepción\", indica en el artículo 5.

Toda la normativa especificada en la resolución oficializada hoy en el Boletín Oficial por la Afip, que encabeza Mercedes Marcó del Pont aporta precisiones sobre el cobro del impuesto, la vigencia y el alcance de la medida dispuesto a través de la Ley de Solidaridad que entró en vigencia el 28 de diciembre. Las aclaraciones están en línea además con el pico del turismo vacacional en el que muchos argentinos optan por viajar al exterior.

 

Cómo se aplica el impuesto del 30%

 

Pagos en dólares o mixto

* Cuando un contribuyente cancele la totalidad del consumo con moneda extranjera no será alcanzado por el impuesto.

* Si se paga una parte del consumo en moneda extranjera y otra en pesos, el impuesto se calculará sobre el monto abonado en moneda local.

* Cuando se utilice una billetera electrónica para realizar el pago de un consumo en el exterior, la norma dispone que la percepción deberá practicarse en la fecha de afectación de los fondos.

 

* Cada vez que los contribuyentes abonen sus tarjetas de crédito, los fondos deberán ser destinados a cubrir el pago del impuesto y luego a cancelar los consumos

Pasajes

* Los servicios en el exterior contratados a través de agencias de turismo y servicios de transporte de pasajeros (pasajes y paquetes) con destino fuera del país estará alcanzada por el impuesto PAÍS.

* Los servicios de transporte terrestre de pasajeros a países limítrofes no están alcanzados por el impuesto. \"Algunas plataformas internacionales que ofrecen pasajes y servicios de hotelería por internet podrían no detallar la existencia del impuesto en los precios que exhiben en sus sitios web, pero las operaciones serán alcanzadas por el impuesto\", explicaron fuentes de la Afip.

* Las operaciones (resumen de cuenta o facturas por pasajes, por ejemplo) deberá diferenciar el monto correspondiente al impuesto con la leyenda “Impuesto PAÍS”.

 

Compras con reintegro

* La compra de bienes o servicios exentos como libros, tratamientos médicos y operaciones vinculadas al sistema científico nacional, deberán solicitar el reintegro. El procedimiento de devolución estará a cargo de los agentes de percepción (bancos y emisoras). Los bancos realizarán la devolución en plazos prudenciales.

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