
El máximo tribunal indicó que sea la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo la que defina tribunal competente para tramitar una demanda colectiva.
La Corte Suprema de la Nación decidió que sea esa Cámara la que defina qué fuero y juez examinará la validez del cuadro tarifario del gas de 2017 a partir deuna demanda colectiva que, en representación de los usuarios, promovió la Dirección de Derechos Humanos y Defensa del Consumidor de la Municipalidad bonaerense de Leandro Nicéforo Alem.
La acción de amparo persigue la declaración de nulidad de la resolución 74-E/2017 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y demás disposiciones complementarias del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) que fijaron un nuevo cuadro tarifario para la distribuidora Camuzzi Gas Pampeana.
En el marco de la acción de amparo, la demandante solicitó también que se dictara una medida cautelar para que se suspendiera la aplicación del aumento.
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