
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió la Disposición 5035/25, mediante la cual prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el país de los productos comercializados bajo las marcas “Cannatural” y/o “Cannatural Argentina”, debido a que no cuentan con las habilitaciones sanitarias correspondientes.
Los productos alcanzados por la medida son:
- “Cannatural Aceite CBD Suplemento Nutricional, vía oral”
- “Cannavid Aceite CBD Suplemento Nutricional, vía oral”
- “Cannatural Crema Analgésica. Uso externo”
- “Aceite de Cannabis Suplemento Nutricional. Bionnatural”
La ANMAT advirtió que se desconoce la verdadera composición de estos artículos, las condiciones de fabricación, la calidad de las materias primas y su eficacia o seguridad, lo cual representa un riesgo para la salud de los usuarios.
Por este motivo, se prohibió también a las firmas implicadas importar, fabricar, comercializar y distribuir productos que contengan aceite de cannabis, CBD y/o THC hasta tanto obtengan las autorizaciones sanitarias necesarias.
La medida tiene como objetivo proteger a los consumidores y reforzar el control sobre medicamentos y productos que puedan poner en riesgo la salud pública.
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