Con el objetivo de fortalecer la competencia leal y la protección de la propiedad intelectual en Argentina, se presentó un proyecto de ley para modernizar la Ley de Marcas y Designaciones, vigente desde 1980.
La iniciativa busca actualizar las sanciones económicas por falsificación o uso indebido de marcas registradas, adecuándolas al contexto inflacionario y a los estándares internacionales. El texto propone que las multas se calculen en función del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), con un rango de 50 a 3.000 SMVM, según la gravedad de la infracción.
El proyecto contempla sanciones para quienes usen indebidamente una marca registrada, falsifiquen o imiten fraudulentamente una marca, o pongan en circulación productos o servicios con marcas adulteradas o reproducidas sin autorización. También se incluyen sanciones para quienes comercialicen o distribuyan productos sabiendo que contienen una marca ajena alterada o modificada.
En casos de reincidencia dentro de los cinco años posteriores a una sanción firme, la multa podrá elevarse hasta el doble del máximo previsto. Además, se prevé la posibilidad de inhabilitación temporal de uno a cinco años para ejercer el comercio o industria vinculada con los productos o servicios objeto de infracción.
El autor del proyecto fundamentó que las multas actuales quedaron desactualizadas por la inflación y que la iniciativa busca proteger a los consumidores, fortalecer la competencia justa y brindar mayor seguridad jurídica a las empresas y emprendedores.
La Ley N° 22.362, que regula las marcas en el país, fue modificada por última vez en 2018 mediante la Ley 27.444 de Simplificación y Desburocratización, y su reglamentación actualizada en 2019 por el Decreto 242/2019.
De aprobarse, la nueva normativa significaría un avance en la lucha contra la falsificación y el uso ilegal de marcas, fenómenos que afectan tanto a la economía formal como a la protección de los derechos de autor y la confianza de los consumidores.
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