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La Secretaría de Comercio deja de controlar los aumentos de las prepagas

Las empresas de medicina prepaga son uno de los sectores que normalmente se encuentran en la mira debido a los aumentos de precios. Sin embargo, no tienen la potestad de subir los números a su gusto y de acuerdo a sus necesidades, sino que es el Estado quien debe autorizarlas a hacerlo. A lo largo del 2018, el Gobierno Nacional avaló cinco aumentos, que fueron desde el 4% en febrero hasta el 8,5% en diciembre, lo cual llegó a un 40,8% al final del año.

Hasta el momento, esta potestad estaba en manos de la Secretaría de Comercio Interior, es decir, era la entidad que se encargaba de regular los precios de este sector. Pero ya no es así. Recientemente, el Gobierno estableció que la Secretaría de Comercio Interior ya no será la encargada de autorizar los aumentos de aranceles de las empresas de medicina prepaga.

La noticia se comunicó a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, que además aplicó cambios a otro decreto, de 2011, que reglamentó diversos artículos de la Ley 26.682, la norma que regula la actividad del sector en cuestión.

Ahora, el Poder Ejecutivo indicó que es necesario \"centralizar las actuales competencias en un número menor de jurisdicciones\". El objetivo es agilizar la operatoria, por lo que se decidió dejar afuera a la Secretaría de Comercio Interior.

Actualmente, \"el procedimiento administrativo que deben respetar las entidades de medicina prepaga para obtener las autorizaciones de incrementos de cuotas prevé la intervención estatal en sentido tripartito de la Superintendencia de Servicios de Salud, la Secretaría de Comercio Interior y el Ministerio de Salud y Desarrollo Social\", según indica el Decreto.

En este sentido, el texto oficial argumentó que esa intervención genera \"una innecesaria superposición de cometidos y funciones públicas, en detrimento de la simplicidad de los trámites administrativos\".

En consecuencia, \"con el fin de lograr una más ágil y fluida operatoria, corresponde centralizar las actuales competencias en un número menor de jurisdicciones\", amplió el documento oficial.

De este modo, a partir de ahora la Superintendencia de Servicios de Salud \"tendrá la atribución específica de intervenir, conjuntamente con el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, en el procedimiento de autorizaciones de incrementos de cuotas y valores diferenciales, fijándole un plazo razonable para adoptar una resolución a los requerimientos que se presenten\".

Es importante tener en cuenta que desde el año 2011 las empresas del sector elevaban el requerimiento para incrementar las cuotas a la Superintendencia, que a su vez lo derivaba al Ministerio de Salud para su aprobación, \"previo dictamen vinculante\" de la Secretaría Comercio Interior.

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