El gobernador Gustavo Melella expresó su preocupación por la decisión de la Corte Suprema de Justicia que dejó sin efecto el fallo que había frenado la derogación de la Ley de Tierras Rurales. Como consecuencia, volvió a quedar vigente el artículo 154 del DNU 70/2023, que eliminó las restricciones establecidas por esa norma para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. Corte Suprema de Justicia de la Nación
A través de su cuenta de X, el mandatario fueguino manifestó: “Nos preocupa profundamente el alcance del fallo de la Corte Suprema que deja sin vigencia los límites a la adquisición de tierras por parte de extranjeros”.
Melella vinculó la discusión con la defensa de los recursos naturales y del territorio nacional. “La tierra no es solamente un bien económico. Es territorio, recursos naturales, soberanía y futuro”, afirmó.
En ese sentido, sostuvo que la protección territorial debe ocupar un lugar central frente a cualquier discusión económica. “Desde Tierra del Fuego creemos que la protección del territorio nacional debe estar por encima de cualquier interés. Defender nuestra tierra es también defender la soberanía argentina y el patrimonio de las próximas generaciones”, expresó.
El Gobernador también planteó que la promoción de inversiones no debería implicar resignar controles sobre la propiedad de la tierra. “Tenemos el compromiso de trabajar entre todos para generar inversiones, desarrollo y oportunidades, pero sin vender ni poner en riesgo nuestro territorio. Crecer y atraer inversiones no puede significar resignar soberanía”, concluyó.
El fallo fue firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. La Corte revocó la sentencia que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023 al considerar que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata, que había iniciado la acción, no tenía legitimación suficiente para promover ese reclamo. Gaceta del Norte
El máximo tribunal aclaró, además, que su decisión se limitó a esa cuestión procesal y no implicó un pronunciamiento sobre la constitucionalidad del artículo 154 ni sobre el fondo de la derogación de la Ley de Tierras Rurales.
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