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Regionales

El Juez Laboral confirmó la quitar la a tutela sindical a Horacio Catena

 

 

El Juzgado de Primera Instancia de Trabajo del Distrito Judicial Sur, a cargo del Doctor Guillermo Penza, resolvió este jueves hacer lugar a la acción de exclusión de tutela sindical promovida por el Gobierno Provincial, contra Horacio Gustavo Catena, a los fines de la ejecución de la sanción dispuesta mediante el Decreto N° 3004/15.

 

 

En Radio Nacional Ushuaia, en primer lugar, aclaró que “no es mi estilo otorgar entrevistas antes de que las partes sean notificadas. Tenemos un sistema informático donde cargamos las resoluciones, esta se cargó a las 1,50 hs, puede ser vista entonces como la publicación del SPT de la oficina de Información ya se hizo pública entonces no tiene sentido esperar la notificación efectiva porque ya es de público conocimiento. Con esto se deja en claro que el proceso no es secreto y cualquier resolución que toma el Juez es pública y no se viola ninguna norma publicando la sentencia”.

 

 

Indicó que “nada de lo que yo digo en la sentencia de exclusión de tutela causa estado, es decir que no es determinante. El juicio de exclusión tutela, me exige al Juez que sí una medida hacia un dirigente encubre una discriminación o persecución. Claramente nadie tiene la intención de perseguir a un delegado, entonces se expresa de forma escrita sus decisiones. Lo que la jurisprudencia ha generado pautas para que el Juez verifique algo que está en el ámbito subjetivo. Lo que se exige a los jueces laborales es verificar si el hecho existió, no con certeza, porque no voy a determinar si el hecho existió con certeza ya que como no causa estado, no queda fijo. Debo verificar la probabilidad”.

 

 

“Hay una sentencia penal que no está firme pero claramente hay un órgano que es distinto al que quiere sancionar que es el Ejecutivo. En ese caso es el Tribunal de Juicio. Ese requisito de la probabilidad de la existencia entonces yo lo tengo acreditado. Si se levanta la tutela yo soy el juez que va a resolver el juicio contencioso administrativo por la exoneración”, aseveró

 

 

“El otro elemento que debo tener en cuenta es, si hay probabilidad de la existencia del hecho, que la sanción sea proporcional. De ningún modo la decisión implica un estado de la causa, es decir cosa juzgada, porque eso será a materia de juicios posteriores\".

 

“Yo tengo que constatar que no es un invento de quien quiere sancionar, si fuera un invento debería ser una maniobra. Si hay elementos para tener en claro que el hecho no es invento, descarto que sea maniobra”, indicó.

 

 

“Me gustaría aclarar que cuando a alguien no le gusta una sentencia lo que se hace habitualmente es descalificar al juez porque se tiene que discutir el contenido de la sentencia. Ya hay comunicados diciendo que el poder político está inmiscuido en la justicia. En este mismo expediente rechacé un pedido de suspensión a Catena en el proceso de paritarias. En el conflicto que se refiere a la ocupación del perímetro de la Casa de Gobierno, yo rechacé dos medidas planteadas por el Ejecutivo. O sea yo resuelvo acorde a lo que considero lo que es justo resolver”, entendió.

 

 

“Adelantándome a los cuestionamientos públicos, quiero dejar en claro que uno no es un buen juez cuando da la razón y un mal juez cuando no lo hace. Pretendo que se sometan a discutir los argumentos en la sentencia, que no hice más que ajustarme a la doctrina  de la materia, ajustados a derecho\", manifestó.

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