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Regionales

Recuerdan que es obligatorio que comerciantes exhiban precios

 

La Secretaría de Comercio de Tierra Del Fuego recuerda que todos los precios de los productos deben estar exhibidos.

¿Cómo es la correcta identificación de precios?

TODOS LOS PRODUCTOS/SERVICIOS EXHIBIDOS/OFRECIDOS EN EL LOCAL COMERCIAL, DEBEN ESTAR IDENTIFICADOS CON EL PRECIO CORRESPONDIENTE.

Según la Resolución 7/2002

Art. 2 Quienes ofrezcan bienes muebles o servicios a consumidores finales deberán indicar su precio expresado en moneda de curso legal y forzoso en la REPUBLICA ARGENTINA – PESOS -. El mismo deberá ser el de contado en dinero efectivo y corresponderá al importe total que deba abonar el consumidor final.

*Quienes ofrezcan bienes muebles o servicios con reducción de precios deberán consignar en forma clara el precio anterior del producto o servicio junto con el precio rebajado. El precio anterior deberá exhibirse utilizando caracteres relevantes, de buen contraste y visibilidad.

**Cuando se trate de una reducción porcentual del precio de un conjunto de bienes muebles o servicios, bastará con su exhibición genérica sin necesidad de que conste individualmente en cada artículo o servicio rebajado.

Art. 5 – La exhibición de los precios deberá efectuarse por unidad, en forma clara, visible, horizontal y legible. Cuando se realice mediante listas, éstas deberán exponerse en los lugares de acceso a la vista del público, y en los lugares de venta o atención a disposición del mismo.

 

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