El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte dio a conocer este jueves el veredicto en el proceso Nº 1122, donde se investigaba la presunta comisión de mala praxis médica en perjuicio de un paciente. Tras la evaluación de la prueba producida durante el debate, los jueces resolvieron absolver por el beneficio de la duda a los profesionales Rodolfo Guido Pérez y Valeria Pastori, quienes habían llegado a juicio imputados por el hecho investigado.
Absolución por el beneficio de la duda
Según el veredicto, el Tribunal entendió que no se logró acreditar con certeza la responsabilidad penal de los médicos, aplicándose el criterio del beneficio de la duda, contemplado en la Constitución provincial y el Código Procesal Penal. Con esta decisión, ambos profesionales quedaron desligados de la acusación.
Prescripción de la acción civil contra la Clínica
En su resolución, los jueces también hicieron lugar a la excepción planteada por la Clínica de Especialidades Médicas Privadas SRL, declarando prescripta la acción civil iniciada por los querellantes Ariel Gustavo Murge y Carolina Ivonne Miranda. La decisión se adoptó conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil y el Código Civil y Comercial de la Nación.
Rechazo de la demanda civil contra todos los imputados
Además, el Tribunal dispuso rechazar la acción civil promovida por los querellantes contra los médicos Pérez y Pastori, la Clínica de Especialidades Médicas Privadas SRL y las aseguradoras citadas en garantía, Nobel Compañía de Seguros S.A. y Seguros Médicos S.A. De este modo, la vía civil también quedó desestimada para todos los demandados.
Regulación de honorarios
Finalmente, el veredicto incluyó la regulación de honorarios profesionales correspondientes a la actuación del abogado defensor, doctor Francisco Ibarra, tanto en la etapa de instrucción como en el debate oral.
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