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Profesiones en alerta: la reforma laboral elimina el marco legal de los colegios profesionales

El proyecto de Ley de Modernización Laboral que comenzó a tratarse en el Senado no solo aborda temas vinculados al empleo, sino que introduce un cambio profundo en la estructura que regula a numerosas profesiones del país. Entre los puntos más relevantes aparece la derogación completa del marco legal que sostiene la colegiación obligatoria, base sobre la cual operan hoy abogados, contadores, arquitectos, martilleros, corredores y diversas profesiones liberales.

Un artículo final que cambia todo

La reforma elimina íntegramente la Ley 24.493, aprobada en 1995, que establecía el esquema general para la creación y funcionamiento de colegios y consejos profesionales. Aunque no creaba entidades específicas, era el marco jurídico que sustentaba la matriculación obligatoria allí donde la regulación federal debía regir o donde no existían normas locales.
Con su supresión, se desarma la estructura nacional que ordenaba la habilitación profesional y el control disciplinario de cientos de actividades.

Qué implica para la abogacía porteña

Uno de los sectores directamente afectados es el de los abogados de la Ciudad de Buenos Aires. Hasta ahora, la ley exigía que quienes quisieran ejercer en CABA debían estar inscriptos en la matrícula del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF).
La reforma elimina esa obligación y, además, borra del texto legal las funciones del Colegio vinculadas al gobierno de la matrícula. En la práctica, la abogacía quedaría desregulada en la Ciudad, debilitando la capacidad del CPACF para fiscalizar, disciplinar y ordenar la profesión.

Profesionales de la salud y un cambio estructural

La iniciativa también deroga un régimen provincial histórico que regula la colegiación en la provincia de Buenos Aires, con especial impacto sobre médicos, odontólogos, farmacéuticos, bioquímicos, veterinarios y otros trabajadores del ámbito sanitario.
Estas profesiones, que tradicionalmente debían colegiarse para ser habilitadas, quedarían liberadas de ese requisito si el proyecto se aprueba.

La posición de colegios y consejos: ética, control y protección

Las entidades profesionales rechazaron de plano la derogación. Argumentan que la colegiación obligatoria cumple tres funciones esenciales:

  • Sostener la ética profesional, mediante tribunales disciplinarios especializados.
  • Garantizar la habilitación adecuada, controlando títulos y requisitos.
  • Proteger a la ciudadanía, evitando el ejercicio ilegal o irresponsable de la profesión.
Además, advierten que la eliminación del sistema golpea de lleno la economía de los colegios, que dependen de las matrículas y aportes para funcionar.

Cómo podría cambiar la práctica diaria

De aprobarse la reforma, el escenario laboral para miles de profesionales se reconfigurará:

  • El control disciplinario perderá fuerza o quedará exclusivamente en manos de la Justicia.
  • La matrícula dejará de ser un requisito, reduciendo cargas económicas, pero también los mecanismos de supervisión.
  • Aumentará la competencia, incluyendo el ingreso de nuevos profesionales sin validación por un organismo intermedio.
  • Los colegios, sin potestad sobre la matrícula, verán limitada su representación institucional ante el Estado.
En conjunto, la desregulación propuesta redibuja por completo la relación entre profesionales, entidades colegiadas y organismos de control, abriendo un debate que promete escalar en las próximas semanas tanto en el Congreso como en cada sector afectado.

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