A solicitud del Ministerio de Salud, la Legislatura de Tierra del Fuego aprobó una reforma de la Ley Provincial Nº 1004, con el objetivo de fortalecer los mecanismos de cobro de las prestaciones que el sistema público de salud brinda a obras sociales, empresas de medicina prepaga y otras entidades de cobertura médica.
La normativa alcanza a los denominados terceros financiadores, es decir, todas aquellas obras sociales, prepagas y seguros de salud que deben afrontar el costo de la atención de sus afiliados cuando estos son asistidos en hospitales y demás instituciones sanitarias públicas de la provincia.
Desde el Ministerio de Salud remarcaron que la atención sanitaria continuará garantizada para toda la población, independientemente de la cobertura que posea cada paciente. La actualización de la ley apunta a evitar que el Estado provincial absorba costos que corresponden a entidades privadas, protegiendo de este modo los recursos públicos destinados al sistema de salud.
“Con esta actualización normativa, los terceros financiadores pasan a tener obligaciones claras y plazos definidos, y el sistema de salud provincial cuenta con herramientas concretas para recuperar los costos de las prestaciones”, señalaron desde la cartera sanitaria.
Una ley que necesitaba actualización
La Ley 1004 había sido sancionada en 2014 y respondía al contexto sanitario de aquel momento. Sin embargo, con el paso de los años, su aplicación generó acumulación de deudas, pagos atrasados durante largos períodos y trabas burocráticas que dificultaron el recupero efectivo de los gastos realizados por el sistema público.Entre los principales problemas detectados se encontraban deudas sin actualización, falta de reconocimiento de intereses y demoras prolongadas en los pagos, lo que impactó de manera directa en el financiamiento del sistema sanitario provincial.
Reglas claras y nuevas herramientas
Con la reforma aprobada, la Provincia establece reglas precisas para los terceros financiadores. A partir de ahora, toda prestación brindada a un afiliado de una obra social o prepaga será facturada, exista o no un convenio previo entre las partes.La normativa ordena los plazos de pago, prevé instancias administrativas ante incumplimientos, incorpora mecanismos para la regularización de deudas y habilita el avance de acciones legales cuando corresponda, con el objetivo de garantizar el recupero de los costos que afronta el sistema público de salud.
La actualización de la Ley 1004 es considerada por el Ejecutivo como una herramienta clave para fortalecer la sostenibilidad financiera del sistema sanitario provincial y asegurar el uso eficiente de los recursos del Estado.
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