Desde marzo, los contribuyentes adheridos al monotributo comenzaron a enfrentar nuevos valores en sus cuotas mensuales, tras la actualización aplicada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La medida impacta en todas las categorías y también incluye modificaciones en los límites de facturación anual.
El ajuste responde al mecanismo semestral que utiliza el organismo para actualizar el régimen simplificado en función de la inflación. En esta oportunidad, el incremento fue del 14,29%, lo que se traduce en un aumento generalizado de los montos a pagar.
De esta manera, la categoría A pasó a tener una cuota mensual de $42.386,74, mientras que la categoría B se ubicó en $48.250,78. En el caso de la categoría C, los valores varían según la actividad: quienes prestan servicios deben abonar $56.501,85, mientras que para la venta de bienes el monto es de $55.227,06.
En los escalones más altos, las diferencias son aún más marcadas. Por ejemplo, en la categoría K, los prestadores de servicios deberán pagar $1.381.687,90 mensuales, mientras que quienes comercializan productos abonarán $600.879,51.
Estos valores incluyen los tres componentes del monotributo: el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y la obra social.
Además del incremento en las cuotas, también se actualizaron los topes de facturación anual, que determinan en qué categoría debe inscribirse cada contribuyente. Con los nuevos parámetros, la categoría A permite ingresos de hasta $10.277.988,13 anuales; la categoría B hasta $15.058.447,71; y la categoría C hasta $21.113.696,52.
Si bien esta actualización puede permitir que algunos monotributistas permanezcan dentro de su categoría, el aumento en los valores mensuales implica un mayor esfuerzo económico para todos.
El cambio se produce luego del proceso de recategorización realizado en febrero, por lo que muchos contribuyentes no solo deberán afrontar cuotas más altas, sino que también podrían haber pasado a una categoría superior.
Desde el organismo explicaron que el ajuste se basa en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al segundo semestre de 2024, y forma parte del esquema de actualización automática que se aplica dos veces al año, en marzo y septiembre.
En ese sentido, ya se anticipa una nueva revisión para septiembre, cuando se vuelvan a modificar tanto las cuotas como los límites de facturación en función de la inflación acumulada durante el primer semestre de 2025.
Con este nuevo aumento, el impacto se hace sentir en el bolsillo de miles de contribuyentes en todo el país, en un contexto económico donde cada actualización representa un desafío adicional para sostener la actividad.
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