En una resolución de alto impacto, el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego declaró inadmisibles los recursos presentados por jubilados y retirados policiales que reclamaban por demoras y recortes en el pago de haberes complementarios. La decisión confirmó el rechazo de los amparos promovidos contra la Caja Previsional para el Personal Policial y Penitenciario provincial.
La causa, encabezada por Juan Humberto Burgos y a la que se sumaron otros expedientes, cuestionaba la forma en que se liquidaban estos ingresos adicionales. Sin embargo, la mayoría del Tribunal entendió que la vía del amparo no era la adecuada para abordar el conflicto, al considerar que se trata de una discusión que requiere un proceso judicial más amplio, con mayor producción de prueba y debate.
En ese sentido, el fallo sostuvo que no se logró acreditar de manera suficiente la existencia de un perjuicio grave y concreto que habilitara una respuesta urgente por parte de la Justicia. Además, se destacó que el demandante percibe su haber principal a través de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, mientras que lo reclamado corresponde a un complemento abonado por la caja provincial, aspecto que fue considerado clave en el análisis.
No obstante, la resolución dejó al descubierto una marcada división dentro del propio Superior Tribunal. En disidencia, los jueces Ernesto Adrián Löffler y Javier Darío Muchnik se pronunciaron a favor de los reclamantes y sostuvieron que la situación sí ameritaba intervención judicial.
Según el voto minoritario, la falta de pago de estos complementos representaría cerca del 32% del ingreso total del actor, lo que configuraría una afectación significativa, incluso con carácter potencialmente confiscatorio. Además, cuestionaron que los pagos se realicen en función de la disponibilidad de fondos, sin un cronograma definido y mediante decisiones administrativas que, según señalaron, carecen de respaldo legal.
En esa línea, advirtieron que el organismo previsional habría modificado de manera unilateral el régimen vigente, asumiendo facultades que no le corresponden. También remarcaron que no puede trasladarse a jubilados y retirados el riesgo financiero del Estado, especialmente cuando se trata de ingresos de carácter alimentario.
El fallo, si bien cierra la vía del amparo para estos casos, deja abierto el conflicto de fondo, marcado por demoras en los pagos, incertidumbre para los beneficiarios y un debate judicial que evidenció posturas contrapuestas dentro del máximo tribunal de la provincia.
Compartinos tu opinión