La Legislatura de Tierra del Fuego aprobó modificaciones vinculadas a la administración de recursos públicos y dejó sin efecto la cláusula que habilitaba el uso del superávit financiero de la Dirección Provincial de Puertos (DPP) para financiar a la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF).
La decisión fue adoptada durante la última sesión legislativa, en el marco del tratamiento del asunto N° 274/26. La normativa deroga el tercer párrafo del artículo 12 de la Ley provincial N° 1596, que establecía de manera excepcional que los excedentes económicos correspondientes a los ejercicios 2024 y 2025 de la DPP pudieran destinarse al sostenimiento de la obra social provincial.
Además, los legisladores aprobaron excluir a la Dirección Provincial de Puertos del cumplimiento de lo establecido en el artículo 29 de la Ley provincial N° 1580, vinculada al Presupuesto provincial. Según se explicó, la medida apunta a preservar la autonomía financiera del ente portuario y evitar compromisos económicos derivados de acuerdos previos.
Durante el debate, el legislador Pablo Villegas sostuvo que la modificación responde a la necesidad de fortalecer la posición jurídica de la Provincia en el contexto de la actual intervención nacional vinculada al área portuaria y a los convenios de financiamiento existentes.
En ese sentido, Villegas planteó incorporar expresamente la derogación del artículo 29 de la Ley N° 1580, al considerar que esa normativa había dado origen a una cláusula permanente que habilitó convenios de mutuo o anticipos financieros entre la Dirección Provincial de Puertos y el Poder Ejecutivo.
El legislador señaló además que el objetivo es “robustecer” la defensa legal de la Provincia frente a la situación actual y resguardar los recursos económicos del organismo portuario.
Con estas modificaciones, el Parlamento fueguino avanzó en un nuevo esquema de administración financiera que busca delimitar los mecanismos de asistencia a OSEF y proteger los fondos de la Dirección Provincial de Puertos.
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