Los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas de gran convocatoria deberán cumplir con nuevas condiciones de cobertura médica en Tierra del Fuego. El Ministerio de Salud modificó la reglamentación vigente e incorporó sanciones económicas actualizadas para quienes no dispongan de las ambulancias requeridas.
La medida fue oficializada mediante la Resolución SC 180/2026 y alcanza especialmente a eventos considerados de riesgo por la cantidad de asistentes, el lugar donde se desarrollan o el tipo de actividad prevista. El objetivo es asegurar una respuesta sanitaria rápida ante accidentes o emergencias.
La normativa determina que será obligatoria la contratación de una ambulancia de alta complejidad cuando un espectáculo utilice la vía pública y convoque a más de mil personas. La misma exigencia se aplicará a eventos extraordinarios con una concurrencia superior a 500 asistentes.
También podrá solicitarse cobertura especial en propuestas que, aun con una cantidad menor de público, representen un peligro particular para participantes, espectadores o usuarios. En esos casos, la autoridad sanitaria evaluará las características de la actividad y definirá los recursos necesarios.
En determinados escenarios deberán disponerse, como mínimo, dos ambulancias de alta complejidad. La obligación incluye los predios ubicados fuera de las zonas urbanas, debido a las mayores distancias y a las posibles demoras de los servicios de emergencia.
La disposición contempla además a los centros de montaña donde se practiquen actividades deportivas de alto riesgo. Entre ellos se encuentran los complejos invernales con medios de elevación y recorridos de descenso pronunciado destinados al esquí u otras disciplinas similares.
Las competencias automovilísticas o de deporte motor que se realicen en rutas provinciales y parajes también estarán alcanzadas, incluso cuando no haya espectadores. Para estas pruebas, Salud establecerá el número de unidades sanitarias de acuerdo con la extensión del recorrido y el nivel de riesgo.
La resolución define como espectáculos públicos a las convocatorias artísticas, culturales, deportivas, bailables o de características similares abiertas a la comunidad. En tanto, las actividades recreativas son aquellas vinculadas con el entretenimiento, el ocio y el esparcimiento.
Además de ampliar las exigencias preventivas, el Ministerio actualizó las multas por incumplimiento. Desde la cartera sanitaria indicaron que los valores establecidos en 2019 habían perdido efectividad por el paso del tiempo y la variación de los precios.
Con el nuevo esquema, el Gobierno provincial busca reforzar la responsabilidad de los organizadores y garantizar que los eventos masivos o de mayor peligrosidad cuenten con personal y equipamiento adecuados para intervenir ante cualquier emergencia.
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