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Compras en el exterior: cuánto permite ingresar ARCA sin tributar

Al planificar unas vacaciones fuera del país, la adquisición de bienes suele ser uno de los atractivos principales para miles de viajeros que buscan aprovechar oportunidades en tecnología, indumentaria o calzado. Sin embargo, el retorno a la Argentina requiere conocer en detalle las disposiciones dictadas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero para evitar contratiempos o desembolsos imprevistos durante los controles de frontera.
El organismo nacional establece una serie de topes que determinan hasta qué valor un ciudadano puede trasladar productos comprados fuera del territorio nacional sin necesidad de tributar. La normativa diferencia el canal de arribo y contempla situaciones particulares según la conformación del grupo con el que se desplaza la persona.
Topes de franquicia según la vía de ingreso al territorio nacional

Las exenciones cambian de acuerdo a la vía utilizada para retornar a la Argentina y presentan montos diferenciados para el equipaje y las compras adicionales:

  • Vía aérea o marítima: cada pasajero dispone de una franquicia de hasta U$S500 para productos dentro del equipaje, sumada a un tope adicional de U$S500 para consumir en las tiendas libres de impuestos del puerto o aeropuerto de llegada.
  • Vía terrestre o fluvial: el margen permitido para el equipaje personal se reduce a U$S300 por individuo. En estos pasos no existe franquicia extra para tiendas libres de tributos, a excepción del punto fronterizo de Puerto Iguazú, donde se mantiene el tope de U$S500.
  • Artículos exentos de computar: cada viajero puede ingresar un teléfono celular y una computadora portátil o tablet de uso propio sin abonar ningún tipo de tasa importadora, siempre que sean unidades individuales. Tampoco pagan la indumentaria usada y los objetos declarados formalmente antes de salir del país.

Cómo se calcula el recargo por superar la franquicia y los beneficios familiares

En aquellos casos donde el monto global consignado supere el tope autorizado, la autoridad aduanera aplicará un arancel equivalente al cincuenta por ciento, pero calculado de manera exclusiva sobre el excedente y no sobre el total de la compra realizada. Como exigencia fundamental para determinar el valor exacto, el viajero debe presentar las facturas oficiales o comprobantes emitidos en el comercio de origen. Si la persona carece de dichos tiques, la fiscalización fijará la estimación económica correspondiente.

Si surge la obligación de abonar el impuesto por haber sobrepasado los parámetros legales, el trámite se completa directamente en el puesto aduanero correspondiente mediante transferencia, depósito bancario o los medios electrónicos de pago habilitados. Tras realizar la cancelación del monto exigido, el personal emite la constancia oficial que acredita la regularización de la mercadería ingresada.

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