Un proyecto de ley presentado en la Legislatura bonaerense propone eliminar la obligación de contar con un certificado de libre deuda por infracciones de tránsito para poder obtener, renovar o solicitar un duplicado de la licencia de conducir.
La iniciativa plantea modificar la Ley Provincial de Tránsito N.º 13.927 con el objetivo de impedir que las multas de tránsito funcionen como un requisito previo para acceder al trámite, al considerar que esa práctica transforma a la licencia en un mecanismo de recaudación y no en una herramienta vinculada a la seguridad vial.
De prosperar la propuesta, ninguna autoridad provincial o municipal podrá exigir un libre deuda para iniciar o completar la gestión del carnet de conducir. En cambio, las infracciones pendientes deberán seguir reclamándose mediante los procedimientos administrativos o judiciales previstos por la legislación vigente.
El proyecto también establece que las multas impagas que aún no cuenten con una resolución firme, así como las infracciones que continúen en trámite, no podrán impedir la emisión o renovación de la licencia. En esos casos, el organismo competente solo podrá informar al conductor sobre la existencia de antecedentes, sin que ello afecte el desarrollo del trámite.
Los impulsores sostienen que el pago de una infracción debe reclamarse por las vías legales correspondientes y no condicionando la posibilidad de renovar el registro de conducir.
La iniciativa, además, aclara que no modifica las sanciones que impliquen una inhabilitación para conducir. Por lo tanto, quienes tengan una prohibición firme impuesta por la autoridad competente continuarán impedidos de obtener o renovar la licencia hasta cumplir con la sanción correspondiente.
De aprobarse, el cambio alcanzaría a todos los trámites relacionados con la licencia de conducir en la provincia de Buenos Aires, separando las obligaciones económicas derivadas de multas de los requisitos de aptitud para manejar.
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