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Tolhuin

Multaron a una mujer por encender fuego en un sitio prohibido de la Reserva Forestal Bombilla

Una mujer de Tolhuin deberá pagar una multa de $424.500 por encender fuego con leña y carbón en un sector no habilitado dentro de la Reserva Forestal Bombilla. La sanción fue aplicada por el Gobierno provincial, en el marco de lo establecido por la Ley Provincial N.º 1550.

La medida fue dispuesta por la Secretaría de Ambiente mediante la Resolución N.º 151/26, que dio por concluido el sumario administrativo iniciado contra la infractora. La multa equivale a 250 litros de nafta súper y deberá ser abonada dentro de los 30 días posteriores a la notificación.

Según consta en la resolución, el hecho ocurrió el 28 de marzo, alrededor de las 14:42, cuando se constató la utilización de fuego a base de combustible sólido, específicamente madera y carbón, en un lugar alcanzado por la prohibición vigente.

Tras ser notificada del sumario, la mujer presentó su descargo y manifestó que “procedieron a encender fuego en un sector que interpretaron como apto para tal fin, similar a una parrilla y manifestó que no advirtieron la existencia de señalización visible que indicara la prohibición de hacer fuego en ese sitio por lo que su conducta obedeció a un error involuntario y sin intención de infringir normativa alguna, agregando que apagó el fuego de manera inmediata y sin objeción alguna cuando se lo indicaron los brigadistas”.

Sin embargo, el dictamen de la DGIN sostuvo que “dicho descargo no logra desvirtuar la infracción constatada toda vez que se acreditó la existencia de cartelería con señalización de la normativa vigente en el sector en cuestión”.

El organismo también valoró la actitud de la mujer durante la intervención, aunque aclaró que ello no resultaba suficiente para eximirla de responsabilidad. En ese sentido, señaló que “si bien corresponde tener presente la actitud colaborativa asumida por la sumariada al momento de la intervención del personal actuante, las razones expuestas en su descargo no resultan suficiente para eximirla de responsabilidad administrativa”.

La Ley Provincial N.º 1550 prohíbe hacer o producir fuego a base de combustibles sólidos o líquidos con fines recreativos, sociales o productivos en lugares agrestes de toda la provincia. La normativa solo exceptúa aquellos sitios habilitados expresamente por la autoridad de aplicación, siempre que el índice de peligro de incendios lo permita.

Con esta sanción, la Provincia volvió a remarcar la importancia de respetar las restricciones vigentes en áreas naturales, especialmente por el riesgo que implica el uso de fuego en zonas agrestes y forestales.

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