La posibilidad de elegir convencionales constituyentes en Tierra del Fuego antes de que termine 2026 quedó atravesada por un nuevo escenario judicial. La Cámara de Apelaciones decidió no dictar todavía sentencia sobre la convocatoria electoral y esperar información vinculada a otros expedientes que también discuten el futuro de la reforma de la Constitución provincial.
La medida no significa que el proceso constituyente haya quedado definitivamente cancelado. Sin embargo, introduce una demora en un momento clave, debido a que cualquier eventual elección extraordinaria debe respetar los plazos establecidos por la Constitución fueguina.
La Cámara espera otras definiciones judiciales
Antes de resolver la apelación presentada contra la decisión que anuló la convocatoria a convencionales, el tribunal solicitó conocer qué ocurre con dos causas que podrían tener incidencia directa sobre el conflicto.Por un lado, requirió información sobre el recurso de queja presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el legislador Jorge Lechman. Por otro, pidió al Superior Tribunal de Justicia detalles sobre el expediente iniciado por el Poder Ejecutivo contra la Ley provincial 1626.
Esta última norma derogó la Ley 1529, que había declarado la necesidad de avanzar con una reforma parcial de la Constitución. De esta manera, la discusión dejó de concentrarse exclusivamente en la validez de la convocatoria electoral y pasó a involucrar también la continuidad de la propia base legislativa del proceso.
La Cámara busca conocer el estado de esos expedientes antes de adoptar una resolución que pueda entrar en contradicción con otras decisiones judiciales.
Los 60 días que complican una elección en 2026
Mientras la Justicia analiza las distintas causas, comienza a jugar otro factor: el tiempo disponible. La Constitución provincial establece que una elección extraordinaria debe ser convocada con una anticipación mínima de 60 días corridos.Con octubre ya iniciado, ese requisito reduce considerablemente el margen para organizar una elección antes del 31 de diciembre. Cuanto más se demore una eventual nueva convocatoria, más cerca quedaría la fecha electoral del cierre del año.
El escenario presenta además otra dificultad. Actualmente no existe un cronograma electoral en marcha que simplemente pueda retomarse. La elección había sido fijada originalmente para el 9 de agosto mediante el Decreto 751/26, pero esa fecha transcurrió sin que se realizaran los comicios y la convocatoria fue declarada nula en primera instancia.
Por eso, incluso una eventual resolución favorable a la continuidad del proceso no resolvería automáticamente cuándo deberían votar los fueguinos. También tendría que definirse cuál sería el instrumento jurídico para establecer una nueva fecha y qué consecuencias tiene la derogación de la ley que había habilitado la reforma.
Una elección requiere mucho más que fijar una fecha
A los 60 días mínimos previstos constitucionalmente se agregan los tiempos propios de cualquier proceso electoral. Una elección de convencionales requiere organizar un cronograma para partidos y alianzas, presentación y oficialización de candidatos, padrones, boletas, autoridades de mesa y toda la logística necesaria para desarrollar los comicios.También deben contemplarse posibles planteos e impugnaciones que puedan surgir durante ese recorrido, lo que vuelve cada vez más ajustado el calendario si la intención continúa siendo votar durante 2026.
Así, el futuro de la reforma constitucional quedó condicionado por dos tiempos diferentes. Por un lado están las definiciones pendientes en distintos ámbitos judiciales y, por otro, un calendario electoral que continúa avanzando independientemente de esas decisiones.
La Cámara de Apelaciones no cerró definitivamente la posibilidad de realizar la elección. Sin embargo, al postergar su sentencia hasta contar con información sobre las restantes causas, octubre aparece como un mes determinante para saber si todavía existe margen jurídico y operativo para convocar a las urnas antes de finalizar el año.
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