La Aduana de Río Grande notificó al vendedor y al comprador de una Chery Tiggo 4 Pro Comfort por una deuda tributaria vinculada a la salida del vehículo de Tierra del Fuego bajo el régimen de la Ley 19.640 y su posterior permanencia en el continente.
De acuerdo con la actuación aduanera, el rodado había egresado del Área Aduanera Especial mientras todavía se encontraba alcanzado por el régimen promocional y luego fue comercializado fuera de la provincia sin completar previamente el trámite de liberación correspondiente.
La liquidación establecida asciende a $1.131.312,11 en concepto de IVA adicional, más US$6.499,72 por otros tributos. De ese monto en dólares, US$3.396,39 corresponden a Derechos de Importación, US$291,12 a Tasa de Estadística y US$2.812,21 a IVA.
Los importes expresados en moneda extranjera deberán convertirse a pesos al momento del pago, utilizando el tipo de cambio vendedor del Banco Nación correspondiente al cierre del día hábil anterior a la cancelación.
Una vez que los cargos queden firmes, los involucrados contarán con un plazo de 10 días hábiles para abonar. No obstante, tanto el vendedor como el comprador podrán presentar un Recurso de Impugnación conforme a lo previsto por el Código Aduanero.
La medida se fundamenta en que el vehículo no había cumplido con los requisitos necesarios para quedar definitivamente liberado del régimen de la Ley 19.640. Para los automóviles importados, se exige una permanencia de cinco años en el Área Aduanera Especial desde la inscripción inicial del rodado.
La liberación puede tramitarse de manera virtual a través del servicio “Presentaciones digitales”, mediante la opción destinada a vehículos afectados a la Ley 19.640. En el caso de vehículos nacionales, el plazo exigido es de tres años desde su ingreso al Área Aduanera Especial.
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