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Ushuaia

Mediante una ordenanza, el Municipio prohibió la instalación de la tecnología 5G en Ushuaia

Luego de que el pasado seis de diciembre en el recinto del Concejo Deliberante de Ushuaia se sancionara la ordenanza que establece que lleven adelante una serie de estudios médicos científicos que certifiquen que la instalación de antenas y tecnología 5G no cause radiación nociva en la salud humana, el Poder Ejecutivo Municipal finalmente promulgó la ordenanza N°6317 que prohíbe la instalación de dicha tecnología en la capital fueguina.

En ese marco, a través de la ordenanza los concejales declararon a la ciudad de Ushuaia como una “zona libre de radiaciones provenientes de la tecnología de comunicaciones de quinta generación (5G) y toda tecnología de transmisión de datos de generaciones subsiguientes”, como también prohibieron “la instalación de tecnología quinta generación (5G) y toda tecnología de transmisión de datos de generaciones subsiguientes, hasta tanto se presenten estudios médico científicos e epidemiológicos que demuestren la total inocuidad de estas radiaciones”.

En este sentido, en la normativa la prohibición está justificada bajo “el principio precautorio en materia de salud y ambiental”, la que aclara que “los estudios que en un futuro se presenten para derogar esta ordenanza, deberán estar avalados por las recomendaciones no opuestas entre sí, de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Comisión Intencional sobre los Efectos Biológicos de los Campos Electromagnéticos (ICBE-EMF) y el Panel para el Futuro de la Ciencia y Tecnología (STOA) del Europarlamento”.

A su vez, se dejó por sentado que el Ejecutivo Municipal de Ushuaia “no emitirá ningún tipo de autorización de obra, instalación o similar para despliegue de la tecnología (5G) y toda tecnología de transmisión de datos de generaciones subsiguientes, hasta que los requisitos de los artículos 2° y 3° sean fehacientemente cumplidos”.

De igual forma, la ordenanza N°6317 también advierte que “en caso de otorgarse autorizaciones en violación de lo dispuesto, la misma será nula de nulidad absoluta y su revocación administrativa no generará derecho a indemnización alguna para aquellos que hayan obtenido autorización de cualquier tipo, en violación de la presente ordenanza”.

Más allá de la reciente ordenanza que fue promulgada por el Municipio, se debe aclarar que los encargados de extender estas licencias son el Gobierno Nacional y el Ente Nacional de las Comunicaciones (ENACOM), por lo cual si alguna de las empresas de telecomunicaciones acceden a esta autorización pasando por alto los peligros que conllevan la instalación de dicha tecnología, se estima que pueden terminar yendo a la justicia para poder avanzar con la provisión del servicio de internet ultrarrápido, la cual está en pleno auge a nivel nacional como la nueva tecnología en las comunicaciones.

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