Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido

Click aquí para activar las notificaciones y recibir las noticias directamente en su escritorio.

Interes General

Aguinaldo: cuántos meses es necesario trabajar para poder cobrarlo

Junio llega con el pago del primer sueldo anual complementario (SAC) o más conocido como aguinaldo. El mismo es recibido por todos los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados. A continuación, enterate todo lo que tenés que saber sobre cuándo se cobra, quiénes lo recibirán y cómo se calcula el monto.

El artículo 122 de la ley 20.744 de Contratos de Trabajo, establece que la primera cuota del aguinaldo debe pagarse con vencimiento al 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre (se admite una tolerancia de hasta cuatro días hábiles de demora).

Ahora bien, ¿Hay un mínimo de tiempo trabajado para cobrar el aguinaldo?. Al respecto, Sebastián Domínguez, Socio de SDC Asesores Tributarios explicó que basta que se trabaje un día en semestre para que el trabajador o trabajadora tenga derecho a cobrar el “aguinaldo proporcional a los meses trabajados”.

No obstante, en ese caso no será medio sueldo como pasaría si uno trabaja todo el semestre completo. “El calculo, en este caso, es el medio sueldo dividido los días del semestre y multiplicado por la cantidad de días trabajados”, explicó el especialista.

Lo mismo sucede en caso de que el empleado renuncie o sea despedido. En esos casos, el cálculo es igual: medio sueldo, dividido 181 por 30 días trabajados (en el caso de que haya trabajado solo un mes).

Por otro lado, es necesario remarcar que sobre el aguinaldo se hacen los descuentos obligatorios. A saber: obra social, jubilación, sindicato, ley 19.032.

Hay una base imponible tope para la seguridad social, para el aguinaldo se toma el 50% de ese tope. “El tope hasta el mes de mayo era $ 225.171,69, por lo que la mitad era $ 112.585,85, ese tope sube en junio porque aumenta trimestralmente, pero aun no está publicada la suba por ANSeS”, explica Domínguez.

Asimismo, cabe recordar que la reciente reforma de la ley 27.617 exime al aguinaldo del pago de Ganancias para aquellos que tienen una remuneración bruta mensual de hasta $ 150.000.

Al respecto, Domínguez detalló que si bien todavía no se modificó la resolución de la AFIP sobre Ganancias “todo parece indicar que va a estar reglamentado este mes”.

Por otro lado, los empleados tienen que tener en cuenta que las horas extra o las comisiones se deben sumar al monto del salario del mes en el que fueron abonadas con el fin de calcular la mayor remuneración mensual obtenida.

Además, para las mujeres, la licencia por maternidad no debe ser incluida como parte del aguinaldo ya que la trabajadora no percibe su salario, sino un subsidio familiar. Lo mismo aplica a las licencias sin goce de sueldo, las cuales consideran para el cálculo del aguinaldo únicamente los meses en los que se abonó el salario.

¿Cómo se calcula el monto del aguinaldo?

Para calcularlo hay que dividir el mejor salario del semestre por 12 y luego multiplicarlo por los meses trabajados hasta la fecha (si se trabajó todo el semestre, para saber cuánto se cobrará en junio hay que multiplicarlo por 6).

Compartinos tu opinión

Te puede interesar

Últimas noticias

Fotos

Queremos invitarte a conocer Tierra del Fuego a través de sus maravillosos paisajes.

ver todas las fotos

Videogalería Ver más

Momentos TDF

Teclas de acceso