Desde la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) se dio a conocer el cronograma de haberes a jubilados y pensionados. El pago se efectivizará entre el 21 al 25 de enero acorde a la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI).
Los Jubilados y pensionados cuyos haberes no superen la suma mensual de $10.580 cobrarán a partir del 21 de enero, según el número de finalización del DNI, las fechas serán las siguientes:
DNI Fecha de Pago
7 21 de enero
8 22 de enero
9 23 de enero
Los Jubilados y pensionados cuyos haberes superen la suma mensual de $10.580 cobrarán según ANSES:
DNI Fecha de Pago
0 y 1 24 de enero
2 y 3 25 de enero
Vale recordar, que desde la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) informó que quienes sean beneficiarios de las asignaciones familiares pueden designar un apoderado que vaya a cobrar o hacer diversas gestiones en en lugar suyo. Para poder hacerlo, se deben cumplir ciertas condiciones y un procedimiento.
Los requerimientos para poder convertirse en apoderado son: ser mayor de 18 años o ser menor de edad pero encontrarse emancipado. No es necesario tener alguna relación de parentesco, y como documentación se necesita DNI del titular y del apoderado, y el formulario PS 2.55 – DDJJ Novedades unificadas SUAF, firmado por el titular y el apoderado.
Para cambiar de apoderado hay que presentar la misma documentación. En los siguientes casos, se necesita documentación adicional, según lo publicado por el sitio web ANSES:
– Si no podés movilizarte necesitás un certificado médico original con los datos del titular de la asignación y la fecha de finalización de la enfermedad que te impide movilizarte. Si el médico no puede determinar un tiempo, el poder tendrá una vigencia de 3 meses.
– Si estás privado de la libertad, certificado de la Unidad Penitenciaria o la Sentencia de Condena original de la que surja que el titular (Apellido/s, Nombre/s, Número de DNI) está privado de su libertad. En este caso particular el formulario PS 2.62 – AAFF Otorgamiento / Revocación Poder podrá ser reemplazado por el “Acta de Autorización del Ministerio de Desarrollo Social”.
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