Mañana, en el día del empleado de comercio, la mayoría de los negocios permanecerían cerrados. Así al menos es la previsión que hacen desde la Cámara de Comercio . Las grandes cadenas de supermercados no atenderán y tampoco los autoservicios locales.
Según la ley 26.541, el Día del Empleado de Comercio es un día de descanso. Por tanto, si se prestan servicios en esta fecha, los trabajadores deberán percibir una remuneración más, equivalente a la de un día laboral extra. Por día, un empleado de comercio cobra hoy alrededor de 300 pesos. Es decir que si trabaja mañana, el empleador deberá pagarle el doble y afrontar también las cargas sociales e impositivas devenidas de esa liquidación.
La legislación no obliga a los propietarios a cerrar sus establecimientos, y tampoco al trabajador a prestar servicios en ese día. Por eso, aquellos que decidan de común acuerdo con el empleador desempeñar sus tareas normalmente deberán recibir un jornal adicional.
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