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Prorroga del cierre de fronteras para extranjeros

El responsable de la Oficina de Migraciones en Tierra del Fuego, Ariel Rodríguez, recordó la vigencia de lo dispuesto por la Dirección Nacional de Migraciones a través de la decisión Administrativa 2/2021 de cierres de fronteras y la Disposición 40/2021. Quienes hayan salido del país entre el 1 de abril y el 25 de diciembre del 2020 podrán acceder por los pasos habilitados vía terrestre y área, quienes hayan salido después de la fecha fijada, solamente el retorno podrá ser vía área mediante Ezeiza, no así de modo terrestre.

En nuestro territorio, tanto la frontera de San Sebastián como el Paso de Integración Austral están funcionando normalmente para asegurar el tránsito a las personas que se dirigen y regresan del norte del país.

“Por lo menos la normativa sigue vigente esta hasta el día 13 marzo, lo que se refiere al cierre de frontera así que hasta esa fecha va a continuar todo igual. Hay que ver que dice las disposiciones migratorias a partir de ese día pero hasta el momento se va a seguir trabajando como hoy”, precisó Rodríguez a Minuto Fueguino.

La decisión de mantener cerradas las fronteras con los países limítrofes y de Gran Bretaña hasta esa fecha, se dio a conocer este domingo por Boletín Oficial, mediante la Decisión Administrativa Nº 155/2021, en donde se anunció que continuará en suspenso el ingreso de turistas extranjeros provenientes de Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia y Chile. “Hay que ver si hasta esa fecha vuelve a prorrogarse el cierre de fronteras o bien la situación cambia”, consideró el funcionario.

“El tránsito en San Sebastián como en el Paso de Integración Austral está habilitado para el cruce país – país de los argentinos o residentes que viajen o retornen hacia y desde el norte del país. La gente puede ir a Chile vía terrestre, pero no puede retornar por esa vía, lo debe hacer vía aérea”, recalcó.

Sobre la documentación requerida para ingresar o salir de nuestra provincia sostuvo, “no estamos solicitando más, ni el certificado de circulación nacional, ni la declaración jurada de migraciones. Solamente aquellos que quieran salir como ingresar a la provincia tienen que cumplimentar con la declaración jurada de ingreso a Chile, la misma se tramita a través de la página www. c19.cl”.

“O bien, cuando lleguen a la frontera se les entrega de manera impresa para que la llenen manualmente. En cuanto al permiso de circulación nacional, cada vecino tiene que cerciorarse si en el lugar de destino se lo solicitan. Nosotros no lo estamos solicitando para el tránsito entre fronteras”, concluyó.

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