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Al considerarla "ilegal", la ANMAT prohibió la comercialización de una salsa de soja

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de una salsa de soja "ilegal" al "carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto".

Identificado como "Soja Salsa Artesanal, marca Materia Prima - Alimentos Naturales, NO GLUTEN, Artesanal - Premium Quality - Sin conservantes, Sarmiento 1889 - CABA" no podrá ser comercializado tanto en negocios físicos como virtuales en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, según lo publicado en el Boletín Oficial (BO) de este martes.

Su detección surgió a partir de la consulta de un particular realizada ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la autenticidad del producto de 250 centímetros cúbicos con fecha de vencimiento octubre del 2024.

Fue allí entonces cuando el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL advirtió por los informes elaborados por la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHYSA) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde se dejó constancia de que "no se encontraron antecedentes de registros" de la salsa de soja ni el domicilio señalado en el rótulo.

No es la primera vez que un consumidor realizó un reclamo. En 2016 las autoridades alimenticias habían efectuado un procedimiento similar por un reclamo de otro producto de la misma marca con el mismo domicilio que fue inspeccionado. Verificaron que allí existía una oficina de cinco pisos y que el local a la calle de planta baja no expendía alimentos.

Al ser publicitada y promocionada en plataformas de venta en línea, se instó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos, sujetos a Comercio Exterior, que evalúe las medidas a adoptar sobre la salsa de soja de Materia Prima.

A partir de todos los análisis, la ANMAT decidió que el producto "no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley 18284".

¿Por qué la ANMAT prohíbe productos?

La prohibición de alimentos se da con el fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro.

Por ende, no puede garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad.

Es así que el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea del citado producto.

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