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Cambia el mecanismo de devolución del IVA exportador y preocupa a las empresas

Mientras desde el Ministerio de Desarrollo Productivo avanzan con medidas para impulsar las exportaciones, necesarias para que el Banco Central siga sumando reservas, las empresas dedicadas al comercio exterior se van preparando con cierta preocupación para la entrada en vigencia del denominado Sistema Integral de Recupero (SIR), mediante el cual se tramitará la devolución del IVA ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Según interpretan asesores tributarios el nuevo SIR podría entorpecer el cobro del beneficio.

Así lo explicó a Ámbito Financiero Karina Castellano, directora del Departamento de Derecho Cambiario y Aduanero del estudio Lisiki, Litivin y Asociados. El nuevo régimen que reemplazará al que está en vigencia desde el 1ro de julio, opera con el mismo principio: la AFIP condiciona la devolución del impuesto a los exportadores en tanto cumplan con los plazos para liquidar las divisas, que en su mayoría son de entre 30 y 60 días. En el caso del agro se trata de períodos de dos semanas mientras que para la exportación de bienes de capital son hasta 180.

Castellano precisó que “con el actual sistema si una empresa tiene 10 permisos de embarques y registra 8 con cumplimiento, la AFIP demora la devolución del IVA de los dos que tienen incumplimiento pero desde julio se van a poner en revisión todos los permisos y con ello se retrasará el pago de todo”.

Se trata de la Resolución 5173 del 23 de marzo último. La norma señala que el SIR “además de garantizar una administración ágil, sin papeles y simplificada en cuanto a la carga de información, permite la interacción en tiempo real con las bases de datos del Organismo aumentando y optimizando los procesos de control”.

La abogada planteó que “existe un estrés burocrático en las empresas que tienen que sumar cada vez más personal a sus plantas administrativos para atender estas cuestiones”. La medida se supone que tiende a que los exportadores liquiden de manera más rápida los dólares de sus ventas, pero Castellano señaló que la intervención de la AFIP en el proceso del comercio exterior se explica en razón de que “el Banco Central no tiene la capacidad de controlar el movimiento de las divisas de las empresas”.

Datos de la recaudación fiscal de la AFIP muestran que en los primeros cuatro meses del año las devoluciones de IVA crecieron 65% nominal interanual hasta $25.906,4 millones, teniendo en cuenta que se trata de una baja base de comparación. En el primer cuatrimestre del 2021 la economía todavía no daba señales de aceleración.

Al respecto, el titular del Centro de Estudios del Comercio Exterior del Siglo XXI, Miguel Ponce, opinó que la actual demora que hay en las restituciones del impuesto “son las que hubo siempre”, aunque indicó que “existe inquietud” entre las empresas respecto de las implicancias del nuevo régimen.

Ponce dijo que en la medida en que vaya avanzando el año pueden ir apareciendo medidas de la AFIP o del Banco Central que traten de atrasar los pagos de importaciones, o como en este caso, apurar la liquidación de dólares. “Según el acuerdo con el FMI entre mayo y junio tienen que juntar u$s2.500 millones y hasta ahora compraron u$s600 millones”, opinó. Por otro lado, agregó que “los bancos que operan en comercio exterior están muy celosos con los controles”.

En tanto, por el lado de las importaciones Carrera consideró que las medidas que va adoptando el gobierno tienen por finalidad “ganar tiempo” controlando la venta de dólares. La última medida del BCRA que autoriza un tope de u$s250.000 de libre acceso y obliga a las empresas a pactar plazos comerciales con sus proveedores de 180 días desde la fecha de embarque “dilató los plazos a la fuerza”. La asesora indicó que la decisión “sorprendió a las empresas”.

Castellaño también cuestionó la aplicación por parte de AFIP del indicador de Capacidad Económica Financiera (CEF) que en febrero pasado generó quejas de empresas que no pudieron acceder al mercado de cambio. La abogada indicó que “se trata de medidas distorsivas del comercio”.

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