
Desde la Dirección Nacional de Migraciones establecieron nuevas medidas para regular la estadía de extranjeros en el país, que llegan en calidad de turistas, pero desean permanecer y trabajar en el país. Esta decisión fue publicada hoy en el Boletín Oficial, mediante la Disposición 5013/2018.
De esta manera, a los fines de solicitar dicha residencia transitoria las personas interesadas o su representante legal, deberán formalizar su petición ante la Dirección Nacional de Migraciones, acreditar su identidad con documento legal y vigente y presentar certificado de carencia de antecedentes penales emitido en la Argentina.
Además, aquellas personas que quieran residir en el país, y realizar un trabajo remunerado, tendrán que contar con requirente debidamente inscripto en el Registro Nacional Único de Requirentes de Extranjeros y acompañar la nota suscripta por quien lo contratará, donde se dé cuenta de los motivos que justifican la urgencia en contar con la persona ingresada, el plazo de permanencia previsto, el lugar donde desarrollará sus tareas y el domicilio real donde residirá en tanto permanezca en el país.
Según el texto oficial: “Resulta necesario establecer como recaudo documental la acreditación de antecedentes penales en la Argentina, en el marco del procedimiento de excepción vigente para aquellos extranjeros que hayan ingresado al Territorio Nacional en la categoría prevista en el artículo 24 inciso a) de la Ley Nº 25.871 (turista), y soliciten autorización para desarrollar tareas remuneradas en forma transitoria”.Desde Migraciones aclararon que los antecedentes se solicitan desde hace años a aquellos que piden residencias permanentes. Y que la resolución publicada hoy sólo incorpora a los que reclaman una \"transitoria\". Por otra parte, explicaron que no se solicita este requisito para quienes vengan como turistas.
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