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Nacionales

Facilitan que los militares y policías retirados puedan tener y portar armas de fuego

Una resolución de ANMaC posibilita a fuerzas armadas y policiales en situación de retiro a tramitar el certificado para la portación de armas.

Una resolución de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) posibilita facilitar el accecso al uso de armas de fuego a policías y militares retirados. La entidad - anteriormente conocida como Registro Nacional de Armas de la República Argentina - se hizo eco de los \"cuestionamientos\" del sector.

 

Según la resolución, el director ejecutivo de la Agencia establece a las fuerzas armadas y policiales - tanto nacionales como provinciales - que se encuentren \"en situación de retiro efectivo\", la posibilidad de realizar la certificación de aptitud psicofísica para poder \"tramitar la condición de legítimo usuario de armas de fuego y de corresponder, la autorización de portación, a través de los servicios de salud de la fuerza a la cual perteneciera el causante\".

 

Según la resolución, la medida se inscribe en una serie de reclamos e inquietudes recibidas en la agencia por parte de las fuerzas armadas y de seguridad, donde \"se advierte una problemática que merece ser atendida\"  y en consecuencia analizada \"en profundidad\". La resolución alcanza a las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad –nacionales y provinciales- y Servicios Penitenciarios Federal y provinciales.

 

En los considerandos, ANMaC reconoce la existencia de \"un factor contingente” respecto al actual método de certificación anclados en el Sistema Único de Emisión de Certificados Psicofísicos. 

 

En ese sentido, expresa que las distintas legislaciones orgánicas confieren el estado militar o policial, \"indistintamente, al personal de las fuerzas en actividad como aquel en situación de retiro\", como consecuencia de la \"relevancia logística y estratégica que se le asigna a aquellos recursos humanos profesionalmente entrenados para el desempeño de las específicas funciones que requiere el soporte del Sistema de Seguridad Pública Interna y Externa de la Nación\".

 

De este modo, ANMaC se ampara en la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, que en

su artículo 53 incisos 2) y 3), referidos a los miembros de las fuerzas armadas, de seguridad y

penitenciarias, donde se \"estatuye prerrogativas especiales para aquellos, ya sea en situación de actividad y/o retiro, en orden a la concesión de las autorizaciones de adquisición, tenencia y portación de armas de fuego; debiendo aquellas expedirse teniendo en cuenta los antecedentes personales y militares o funcionales del mismo\", según consta en la resolución.

 

La resolución se da en medio de la polémica por la nueva reglamentación, implementada desde el ministerio de Seguridad conducido por Patricia Bullrich, que amplía las posibilidades en que las fuerzas de seguridad pueden utilizar armas de fuego.

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