La ANMAT prohibió el uso y comercialización de un producto odontológico de consumo masivo
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió el uso, comercialización y la distribución de un producto bucal. La medida rige en todo el territorito nacional. El organismo dependiente del Ministerio de Salud publicó la disposición 7505/2024 en el Boletín Oficial y prohibió el producto piedra de diamante odontológica identificada como "SKI - Diamond Bur". El mismo, está categorizado dentro de la clase de riesgo II, que se encuentra indicado como instrumento rotatorio para eliminar tejido cariado, preparación de cavidades y desgaste dental, instalado en un motor de alta velocidad. ANMAT prohibió un producto de limpieza bucal: los motivos
Las actuaciones se iniciaron luego de que personal del Departamento de Control de Mercado dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEGMPS) se presentara en el domicilio de la firma “B & A”, en la provincia de Tucumán.
En la inspección se realizó un control visual sobre los productos médicos que se encontraban a la venta y observaron cinco piedras de diamante odontológicas. Debido a esto, se procedió a retirar una unidad en carácter de muestra ya que carecía de registro. Según el documento, quedaron las cuatro unidades restantes "inhibidas preventivamente de uso y comercialización en el establecimiento".
Durante la actuación, se le exigió a la inspeccionada la documentación de compra, pero no pudo aportarla en ese momento y se comprometió a remitirla a la ANMAT.
En tanto, la Dirección de Gestión de Información Técnica (DGIT) le informó al organismo que no se encontraban antecedentes de registro del producto.
De esta manera, el Departamento de Control de Mercado indicó que el producto no fue sometido a la evaluación de la autoridad sanitaria. Por esa razón, "se desconocen las características, funcionalidad y seguridad, por lo que en consecuencia reviste riesgo para la salud".
La decisión de la ANMAT sobre el producto
Con la finalidad de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado, la ANMAT dispuso: "Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, de todos los lotes del producto piedra de diamante odontológica identificada como «SKI - Diamond Bur» – TC-11C – ISO. 160.016. hasta tanto obtenga su correspondiente registro sanitario".
Compartinos tu opinión